Carmen es una mujer indígena de la tercera edad, habitante de Oaxaca, analfabeta y que sólo habla chinanteco; el gobierno federal la acusó de peculado porque supuestamente recibió dinero a través de un programa social, pero no acreditó en qué lo gastó.

Su acusación la mantuvo presa desde junio de 2019 sin asistencia legal y sin que contara con un intérprete que le explicara qué era lo que estaba ocurriendo.

En 2010 la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) otorgó un apoyo económico de 175 mil pesos para financiar la producción y comercialización de cerdos, y beneficiar a un grupo social en el que Carmen fue registrada como vocal de control y vigilancia.

Dos años después la dependencia inició un “procedimiento correctivo”, porque detectó que no hubo comprobación de los recursos otorgados y presentó una denuncia ante la extinta Procuraduría General de la República (PGR) contra los integrantes de dicho grupo social por el delito de peculado.

La presidenta y vicepresidenta del grupo fueron detenidas y se les dictó auto de formal prisión; tras unos meses fueron liberadas por falta de elementos para procesar.

Ambas declararon que Carmen se salió del grupo antes de que la Sedesol entregara los recursos y que no recibió el dinero; sin embargo, en junio de 2019 fue detenida por agentes de Investigación Criminal de la Fiscalía General de la República (FGR) y fue internada en el Centro de Reclusión Femenil en Tanivet, Tlacolula de Matamoros, Oaxaca.

La Unidad de Litigio Estratégico del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) recibió su caso y acreditó que Carmen se dedica al campo para el autoconsumo y vive en una comunidad rural a ocho horas de la ciudad Oaxaca de Juárez.

Que desconocía que se le registró como vocal del grupo, pues aunque dio copia de su credencial le pidieron que plasmara sus huellas digitales en un documento escrito en español del que ella, por razón de su habla y su analfabetismo, desconocía su contenido.

Carmen declaró que las personas que la incluyeron en el grupo nunca la volvieron a llamar y nunca le dieron el dinero que, le dijeron, recibiría para comprar láminas y no cerdos.

En agosto de ese año se le dictó auto de formal prisión y la defensora pública que llevaba el caso solicitó que se le fijara una garantía para obtener su libertad provisional, la cual se fijó en 181 mil pesos.

En revisión de medida cautelar, la defensa alegó que su situación económica y su condición de mujer, indígena, adulta mayor, monolingüe, analfabeta y campesina no le permitían pagar esa cantidad.

La garantía fue reducida a 5 mil pesos, y aunque se ordenó que acudiera mensualmente a Oaxaca, a ocho horas de su domicilio, a firmar asistencia, la defensa logró dejar sin efecto esta medida.

El abogado tramitó un amparo en el que un juez federal declaró que el Ministerio Público no tenía elementos de prueba suficientes para procesarla y que en ningún momento debió ser sujeta a proceso penal.

Aunque actualmente está libre y fue declarada inocente, la defensa solicitó al juez que se pronuncie sobre la constitucionalidad de acusar penalmente a los beneficiarios de programas sociales del delito de peculado.

Debido a que el juez de Amparo no se pronunció al respecto, el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) tramitó un recurso de revisión y solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que lo atraiga.

“En el amparo se podían pronunciar sobre la inconstitucionalidad del 223 del Código Penal Federal y sobre la reparación del daño en favor de la señora Carmen, porque hubo una serie de violaciones que evidentemente tuvieron una consecuencia para ella y por ende el juzgado pudo haberse pronunciado sobre ello”, explicó Rafael Robles Roa, titular de la Unidad de Litigio Estratégico del IFDP.

“Buscamos que la Suprema Corte se pronuncie para que no se aplique la fracción IV de este artículo a beneficiarios de programas sociales, tomando en consideración que estas personas ya acreditaron ante la autoridad que realmente necesitan esos recursos y que forman parte de un sector vulnerable.

“Queremos que sea la Corte la que diga qué alcance debe tener esta fracción para que no haya más casos como el de Carmen, para que podamos obtener una reparación y para que se vuelva a debatir sobre el tema de error judicial”, alegó.

Además, la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del instituto envió un informe de procedimiento especial a la Oficina del Alto Comisionado de las Nacional Unidas para Derechos Humanos debido a las circunstancias en las que Carmen fue detenida.

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