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El procurador social (Prosoc) interino de la Ciudad de México, Vladimir Aguilar, indicó que todavía no es posible registrar un inmueble que ofrece estancia turística eventual y que se ubica dentro de un condominio como establecimiento mercantil, “porque son viviendas”.
Esto luego de la reforma a la Ley de Turismo local, que señala que “los anfitriones que inscriban más de tres inmuebles en el padrón, a partir del cuarto inmueble, deberán registrar la clave de establecimiento mercantil asignada por el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles”.
“No todavía porque son viviendas, se trata de viviendas y se trata de un Régimen de Propiedad en Condominio que no se puede modificar. Tendrías que modificar el uso de suelo”, explicó.
Vladimir Aguilar insistió en que siguen siendo viviendas, aunque ofrezcan servicio de estancia turística eventual.