HUIXQUILUCAN, Méx.- La Procuraduría de Protección al Ambiente ha clausurado ocho desarrollos inmobiliarios en el Estado de México, en su mayoría por carecer de licencia de impacto ambiental y derribo de árboles, informaron autoridades de la Propaem .

Destruir o tapar sellos de clausura en un inmueble, implica hacerse acreedor a penas que van de uno a siete años de prisión y multas de 100 a 500 días de salario mínimo, advirtieron voceros de la Propaem.

Esto luego de que desarrolladores de la zona residencial de Interlomas y Lomas Anáhuac, taparon con lonas negras los sellos de clausura que colocó la Procuraduría Ambiental mexiquense en las puertas de obras de grandes desarrollos inmobiliarios.

El artículo 124 del Código Penal del Estado de México, establece que comete este delito el que altere, destruya o quite los sellos puestos por orden de la autoridad y se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de treinta a trescientos días multa , señalaron voceros de Propaem.

“Si bien la Ley no especifica en estricto sentido que al tapar los sellos se tipifica un delito, la tesis 1a./J25/2013 (10a), de agosto de 2013 establece en lo medular que no solo se sanciona el hecho de que se quebranten o violen materialmente los sellos colocados por autoridad competente... el delito referido comprende cualquier acto material por el cual el sello deja de cumplir, definitiva o transitoriamente la función para la que fue colocado. Por ende el castigo sería el establecido en el artículo 124 del Código penal del Estado de México y el castigo va de uno a siete años de prisión y de 100 a 500 días de multa” señalaron autoridades de la Propaem.

En lo que va de esta administración estatal, que inició el 16 de septiembre, la Procuraduría Ambiental ha clausurado ocho desarrollos inmobiliarios, tres de ellos en Huixquilucan .

El motivo principal por la que Propaem colocó sellos de clausura en obras de nuevos desarrollos inmobiliarios, fue porque los constructores no presentaron autorización en materia de impacto ambiental, que establece el artículo 2.67 del Código de Biodiversidad.

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