Metrópoli

Conoce cuáles son las reglas que deben cumplir los comercios del Metro CDMX; deberán portar uniforme y no gritar, entre los lineamientos

Los comerciantes deberán cumplir una serie de disposiciones para continuar con sus actividades

Foto: Archivo
22/08/2026 |10:21
Leonardo Lugo
Reportero de MetrópoliVer perfil

Los comerciantes que cuentan con un local o espacio dentro de las instalaciones del deberán cumplir una serie de disposiciones para continuar con sus actividades, de acuerdo con el nuevo reglamento para la instalación, operación, verificación y seguridad de los espacios comerciales.





Una de las disposiciones establece que los permisionarios deberán portar la identificación y el uniforme autorizados por el Sistema de Transporte Colectivo durante el desarrollo de sus actividades.

Además, deberán evitar prácticas que generen molestias a las personas usuarias, como los gritos para promocionar mercancías o el uso de radios, bocinas y altavoces que produzcan contaminación auditiva dentro de las instalaciones del Metro.

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Mercancía deberá permanecer dentro del local

Los comerciantes tampoco podrán utilizar los espacios asignados como bodegas ni comercializar productos distintos al giro autorizado para cada establecimiento.

El reglamento también obliga a mantener la mercancía, mobiliario y exhibidores dentro de los límites del establecimiento, con el objetivo de evitar que estos objetos invadan las áreas de circulación de los usuarios o interfieran con la operación del sistema.

Otra de las obligaciones consiste en instalar recipientes para basura y hacerse responsables del manejo adecuado de los residuos que se generen por la actividad comercial.

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Comercios deberán reforzar medidas de seguridad

En materia de protección civil, los permisionarios deberán sustituir los vidrios astillables por materiales inastillables, como parte de las medidas para reducir riesgos dentro de los locales.

Los comercios no podrán vender bebidas alcohólicas, material pornográfico, sustancias peligrosas ni materiales inflamables o explosivos.

Las personas físicas y morales titulares de locales que se encontraban en funcionamiento al entrar en vigor el reglamento dispondrán de 60 días naturales, contados a partir de su publicación, para cumplir las nuevas disposiciones y, en su caso, regularizar su situación.

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