De las 14 personas que solicitaron registrarse como candidatos independientes a la jefatura de Gobierno , sólo 11 obtuvieron luz verde del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) para continuar con sus aspiraciones rumbo a 2018.

En sesión extraordinaria, el Consejo General del IECM declaró la procedencia de las solicitudes de siete aspirantes: el ex director general de jurídico y gobierno en la delegación Cuauhtémoc, Pedro Pablo de Antuñano; la integrante de la iniciativa Ahora, Lucía Riojas; la activista y ex diputada del PRD, Elsa Patria Jiménez Flores, los ciudadanos Rafael Pontón Rodríguez, Christian Eduardo Vázquez Pizarro, Rocío Artemisa Montes Sylván y Alfredo Solar Picazo.

Ellos se suman a otros cuatro ciudadanos aprobados la semana pasada: Xavier González Zirión, Lorena Osornio Elizalde, Hugo Rodríguez Barroso y Humberto García Montes.

Todos tendrán hasta el 11 de febrero de 2018 para lograr recolectar más de 74 mil firmas

y así obtener su candidatura.

En contraste, durante la sesión de esta noche fueron rechazadas las peticiones de Salvador Vargas Trejo e Ismael Olivares Romero, por incumplir con todos los requisitos.

También fue rechazada la solicitud del ex panista José Luis Luege , quien cumplió con todos los requisitos excepto con lo establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México y la legislación electoral local, que establecen que debió renunciar a su militancia por lo menos un año antes de la fecha de registros de candidaturas, por lo que debió separarse del partido como máximo en marzo de este año.

Aprueban convocatoria polémica

Durante la sesión, el IECM aprobó los lineamientos para el proceso de selección de consejeros distritales del instituto.

Sin embargo, el tema generó polémica, pues los representantes de Movimiento Ciudadano, Armando Levy y del partido Humanista, René Cervera, cuestionaron que se estableciera como requisito a los aspirantes que presenten una carta de no antecedentes penales, pues es discriminatorio.

Sin embargo, consejeros electorales como Yur Beltrán y Mauricio Huesca señalaron que se estableció el requisito porque así lo ordena el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales recién aprobado por la Asamblea Legislativa y ante ello el instituto no tiene facultades para “inaplicar” un contenido de la legislación electoral.

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