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A 50 años de su apertura y unos meses después de su reinauguración, la delegación Benito Juárez comenzó las modificaciones en la alberca olímpica de la Ciudad de México para cumplir con un amparo otorgado por un juez federal a una mujer con discapacidad.

En su sentencia, el juez Octavo de Distrito en materia Administrativa, Fernando Silva García, determinó que el Complejo Olímpico México 68 no cuenta con instalaciones adecuadas para dar accesibilidad a las personas con discapacidad, lo que viola su derecho a la salud, a la no discriminación y al deporte.

“Que las autoridades responsables de la delegación Benito Juárez realicen las adecuaciones físicas a las instalaciones del Centro Deportivo mencionado, entre otras, contar con rampas de entrada y salida a los vestidores y baños, estos últimos con al menos un WC cada uno para personas con discapacidad, contar con rampas de entrada hacia el área de gimnasios y albercas, contar éstas al menos con una silla especial o implementos necesarios y eficaces para la alberca y las entradas y salidas de las personas con discapacidad”, ordenó el juez.

Además, concedió el amparo para que la quejosa reciba clases de manera gratuita, pues conforme a la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, el acceso o uso de las instalaciones deportivas no debe cobrarse a las personas con esta condición.

Esto debido a que en 2015 la delegación publicó el “aviso por el que dio a conocer los mecanismos y criterios para la aplicación de reducciones en las cuotas fijadas para los aprovechamientos y productos en las instalaciones y centros a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social”.

La disposición publicada en agosto de ese año en la Gaceta Oficial del Distrito Federal establece cuotas como condición de acceso a las instalaciones deportivas, lo que el juez consideró contradictorio a la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad.

En consecuencia, el juez ordenó a las autoridades del complejo deportivo devolver a la quejosa las cuotas que pago desde 2015 a la fecha del cumplimiento de la sentencia.

“Las autoridades responsables deberán aplicar 100% de la reducción de los aprovechamientos a que hace alusión la fracción II de las ‘Bases Generales’ del Aviso por el cual se dan a conocer los mecanismos y criterios para la aplicación de reducciones en las cuotas fijadas para los aprovechamientos y productos, en las instalaciones y centros a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Benito Juárez para el ejercicio fiscal 2015, además de devolver a los promoventes las cantidades que a fecha del cumplimiento de la presente sentencia hubiesen pagado por dichos conceptos, siempre que acrediten haber realizado el pago oportuno de dichas cantidades”, agregó

La sentencia fue confirmada el 19 de octubre de 2017 por el Décimo Noveno Tribunal Colegiado en materia Administrativa en la Ciudad.

Por ello, desde los primeros días de 2018 las autoridades de la delegación Benito Juárez comenzaron a realizar las adecuaciones físicas a las instalaciones de la alberca olímpica para dar accesibilidad a las personas con discapacidad beneficiarias del amparo.

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