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La presidenta del PAN en Oaxaca , Natividad Díaz Jiménez, solicitó a los diputados locales de la 64 Legislatura del Congreso local especificar cuáles son los alimentos y bebidas que está prohibida su venta y distribución a menores de edad.
Según la legisladora federal panista, las recientes reformas aprobadas en Oaxaca sobre alimentos ultraprocesados, conocidos como “chatarra” , no son claras y presenta vacíos que no dejan claro cuál es el objetivo de las nuevas disposiciones.
El pasado 5 de agosto, el Congreso de Oaxaca aprobó reformas al artículo 20 Bis de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir la venta, regalo y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico.
Esta prohibición también se extiende en escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior, mediante distribuidores automáticos o máquinas expendedoras en las instituciones educativas.
“La propuesta se basa en diversos estudios científicos realizados en México y en otras partes del mundo. Uno de estos deduce que, en México, seis de cada 10 muertes se atribuyen al consumo de bebidas azucaradas en adultos de menos de 45 años”, de acuerdo con la diputada proponente, Magaly López Domínguez .
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Entre los argumentos de esta disposición, según la legisladora local del partido Morena, es que el país está “bajo emergencias sanitarias por sobrepeso, obesidad y diabetes mellitus, que siguen vigentes, sin que eso parezca importar a los empresarios”.
La panista Natividad Díaz sostuvo que esta reforma presenta vacíos que no dejan claro el objetivo de la ley; además de que frena la economía porque afecta a las microempresas, como las misceláneas y tienditas, las cuales venden productos de este tipo, y “que en algunas ocasiones son el sustento de familias oaxaqueñas”.
También explicó que no todos los productos envasados o empaquetados entran dentro de este rango, y para definir cuáles son, refiere a la Norma Oficial Mexicana de ese efecto, siendo la única referencia la norma NOM 051 SCFI la que determina el alto contenido calórico, de azúcares o de grasas, respecto al etiquetado frontal.
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Agregó que esta norma aún no entra en vigor debido a la existencia de un amparo de las distintas cámaras empresariales.
“Hace falta la especificación correcta de los alimentos y bebidas que, si podrán adquirir, distribuir o suministrar y cuáles no. Además de que señala sanciones conforme a la Ley de procedimiento y justicia administrativa que no quedan claras”, dijo.
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El transitorio cuatro de la reforma aprobada por los legisladores de Oaxaca, se establece que el cumplimiento de la Ley estará a cargo de la Secretaría de Salud, quien deberá aplicar y vigilar el cumplimiento de las normas oficiales para el caso; cuando quien debería realizar esas actividades es la Secretaría de Comercio por ser una NOM SCFI.
“En esencia esta ley no resuelve absolutamente nada, puesto que es la educación sobre los hábitos alimenticios de los menores de edad, es responsabilidad de los padres y ninguna ley prohibitiva con sanciones o sin ellas, sustituirá la educación de casa”, finalizó.
Por su parte, la diputada Magaly López Domínguez ha negado que la iniciativa de ley que busca prohibir la venta de refrescos y alimentos chatarra a menores de edad, tenga el objetivo de afectar a los comerciantes.
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“La no afectará a las pequeñas tiendas de abarrotes, como aseguran las organizaciones empresariales, porque esos comercios podrán continuar normalmente la venta de refrescos y alimentos chatarra (…) La única limitación es que no podrán venderlos a menores de edad, como ocurre actualmente con la venta de los cigarros y las bebidas alcohólicas”, puntualizó la legisladora de Morena.
afcl/ed
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