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La Comisión de Justicia del Congreso Local aprobó un dictamen de Ley para sancionar delitos calificados como el homicidio y las lesiones que se cometan en agravio de periodistas, de su cónyuge o de sus parientes y tipificar como delito el obstaculizar la libertad de expresión en Guanajuato .
El artículo 140 del Código Penal vigente en la entidad sanciona el homicidio calificado hasta con 35 años de prisión.
La diputada Arcelia María González González propuso la modificación a la redacción del artículo 153 que establece que el homicidio y las lesiones son calificados “cuando se cometan en agravio de periodistas, de su cónyuge o de sus parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, si tuvieren como finalidad obstaculizar o impedir el ejercicio de la libertad de expresión del ofendido, o en razón del desempeño de su profesión”.
El dictamen cita la incorporación del artículo 240-D que establece una sanción de 9 meses a 4 años de prisión, y de 200 a 300 días multa “a quien utilizando violencia evite se ejerza la libertad periodística y obstaculice, impida o reprima la libertad de expresión”, explicó la diputada Libia Denisse García Muñoz.
Este delito sólo se investigará a petición expresa de la parte ofendida.
El proyecto de reforma y adicción al Código Penal del Estado será puesta a consideración del pleno del Congreso en la sesión del 25 de septiembre, cuando dará inició el segundo periodo de sesiones del 2017.
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La Comisión de Justicia también aprobó el dictamen que prevé y sanciona como delito la cobranza extrajudicial.
La diputada María Beatriz Hernández Cruz planteó incorporar un artículo 176-A para especificar que quien lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilícita se le aplicará de uno a cuatro años de prisión y de 10 a 40 días de multa.
Por “cobranza extrajudicial ilícita” se entiende como el uso de violencia o intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de un crédito o una deuda derivada de una obligación contenida en las leyes, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza.
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En la sesión radicaron también dos iniciativas de reforma al Código Penal , a efecto de calificar las penas de lesiones y homicidio que se cometan en agravio de quien desempeñe funciones de seguridad pública, investigación, procuración, administración de justicia o ejecución de penas, si tuvieren como finalidad obstaculizar o impedir el ejercicio de sus funciones.
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