En Llamarse Olimpia (México, 2025), elocuente ópera prima documental de la excrítica de teatro y cine con estudios de Literatura Dramática en la UNAM de 34 años Indira Cato (corto previo: ¡Qué grande eres magazo! 18; producción y coescritura de Llévate mis amores de Arturo González Villaseñor 14), con guion suyo y de Jazmín Cato Sosa, ganadora al hilo como mejor película en Guadalajara 25 y mejor documental en Morelia 25 más un homenaje de la gira Ambulante, se trasluce, más que narrarse, a saltos, a modo de referencia directa e indirecta, la historia dolorosa aunque ejemplar de Olimpia Coral Melo Cruz, una morra poblana de Huauchinango cuyo novio innombrable e inmostrable le propuso videograbarla copulando con él a los 18 años, ella aceptó enamorada y concesiva para darle lo que de ninguna de sus otras exparejas le había otorgado, pero el tipo acabó subiendo el pack a las redes sociales en 2008, convirtiéndolo rápidamente en una escandalosa atracción viral para ver fornicando a la “gordibuena” de pueblo y provocando el desprestigio, la irrisión y la pesadumbre paralizante de la infortunada Olimpia, morboseada inclusive por sus parientes cercanos, afectándola, provocándole una depresión y orillándola a tendencias suicidas, pero excepcionalmente apoyada y respaldada por su madre (al grito de “Todos cogemos, yo también cojo”), se atrevió a denunciar su caso ante las autoridades judiciales, sólo para sufrir mofa de parte del Ministerio Público y escarnio por su entorno comunitario, ser humillada y vuelta objeto de revictimización, aunque por ese entonces nadie usaba ese término, ni se hubiera acuñado ese concepto, y sin embargo ella, segura de que aquello que le había sucedido era un delito, pese a que no estuviera tipificado como tal, siguió pugnando por hacerse escuchar y denunciando en todos los ámbitos a su alcance, conectando con otras mujeres en situaciones análogas y luchadoras sociales y jurídicas, promoviendo una novedosa y necesaria ley que lleva su nombre la Ley Olimpia, que emergió del plano local para ser aprobada al cabo de 13 años, el 29 de abril de 2021, como norma nacional para sancionar con penas de 3 a 6 años de cárcel la ´distribución y la difusión de contenidos cibernéticos que violenten a las mujeres, dando lugar después a réplicas en Argentina y numerosos países de América Latina, inflamados por su fervorosa antiviolencia digital.

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Crédito: Especial
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La antiviolencia digital opta desde un primer instante por ser más testimonial que reporteril o informativa, importándole muy poco que nunca sepamos la fecha de nacimiento de la heroína (1990), ni el proceso exacto que siguieron sus gestiones jurídicas, ni los nombres de las legisladoras, ya que apenas planteado el problema, la cinta se expande y cede la palabra tanto a voceras del Frente Nacional por la Sororidad fundado por Olimpia, como a grupos feministas proliferantes (“No estás sola”).

La antiviolencia digital cobra singular importancia y un inesperado relieve casi visceral e inconsciente aunque lúcido e iluminador el cuestionamiento al protagonismo, activista y militante, con esa vehemente Olimpia que se ha convertido en luchadora social, bandera, impulsora legal, celebridad, organizadora de pequeños grupos, siempre combativa guía de masas, difusora consejera y comentarista mediática (incluso brillante editorialista periodística: “Transparentar el algoritmo: la deuda de los países frente a la violencia”, afirmaba en su artículo de El Universal el 11-III-26), casi a pesar suyo, poniendo en tela de juicio y criticando ese protagonismo, su propio rol protagónico, emblemático, circunstancial (a la altura de las circunstancias), in obbligato, más bien padeciéndolo (“Ha modificado mi vida, mis relaciones familiares y sentimentales”), indeseado como una suerte de esclavitud pública y mediática, por lo que la película misma lo comparte de inmediato con su madre apoyadora admirable, con la dirigente del Frente de Sororidad, con la heteróclita abogada cancionera Pravia Esponda y la rapera anárquica de letras incendiarias Marcela Hernández Oropa, con la plétora de las manifestantes más aguerridas del 8M, y luego hace girar su enfoque para cederle ese protagonismo ya compartido al de la Ley misma y a su mutación o metamorfosis colectiva en Ley Belén en Argentina, antes de seguirse reproduciendo en Ecuador, Panamá, Guatemala, Honduras et al.

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La antiviolencia digital resuelve con claridad y contundencia el terrible problema del armado de materiales fílmicos de numerosas procedencias, donde destacan sin duda los expresamente filmados por la talentosa egresada-docente enaciana Laura Miranda (corto metartístico: Rondó por el placer 22), gracias a la edición suya y de la excelente cortometrajista excuequera Alicia Segovia (corto antimachismo golpeador: Lecciones para el uso incorrecto de los objetos 22), ya que no se trata sólo de ilustrar todos y cada uno de los asertos, datos y temas abordados, sino de trascenderlos, aprovechar al máximo los archivos registrados, abrir hacia nuevas perspectivas, precisar contenidos y promover empatía feminista y hasta glosar líricamente los hechos evocados, con ese carrusel de cubrebocas pandémicos en el campamento ante el Congreso o la encarnizada niebla simbólica concluyente.

Y la antiviolencia digital arranca en la oscuridad y culmina otra vez en ella, pues, a pesar de representar un gran paso adelante al castigar los delitos cibernéticos contra las mujeres, la Ley Olimpia no suprime la violencia digital, ni la revictimización de las mujeres afectadas, ni los prejuicios sociales y morales que la sostienen, ni la corrupción de algunos jueces que aún la secundan, obligando a las feministas continuar una lucha al parecer enconada e interminable, pero la voz de Olimpia que al principio manifestaba un desagrado por su propio nombre, ahora expresa su gusto sagrado por ese mismo apelativo, al fin comunalmente triunfante y reivindicado, valiente, valioso e irrenunciable.

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