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COPRED determina discriminación contra 111 rostros de la diversidad que participaron en especial LGBTQ+ de EL UNIVERSAL; emite opinión jurídica

Tras comentarios de odio en redes como respuesta al proyecto “Orgullo y resistencia: 111 voces LGBTIQ+” de EL UNIVERSAL, COPRED determinó que hubo conductas discriminatorias

El COPRED concluyó que las expresiones vertidas en redes sociales constituyen una conducta injustificada de exclusión y menoscabo del ejercicio del derecho a la libertad de expresión de las 111 personas LGBTIQ+, motivada por su orientación o preferencia sexual. | Imagen: Angélica Vázquez.
18/03/2026 |21:36
Angélica Vázquez
Redactora de Mesa Plus Ver perfil

En el marco del Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+ del 2025, el periódico EL UNIVERSAL lanzó el proyecto “” con el objetivo de visibilizar las experiencias de personas de la diversidad sexual en México y conocer de qué se sienten, o no, orgullosas. La iniciativa surgió ante la preocupación por los ataques de odio que enfrenta actualmente la comunidad, pese a los avances legislativos y sociales registrados en las últimas décadas.





Como parte del proyecto, 111 personas pertenecientes a la acudieron a la redacción de para compartir sus perspectivas, consignas y sentimientos. Entre ellas participaron activistas, artistas, emprendedores, comunicadores, trabajadoras sexuales, personas juzgadoras e incluso integrantes de fuerzas policiacas.

El equipo de fotografía y video del medio documentó sus testimonios y expresiones, que reflejaron una celebración de la diversidad y la alegría de vivir sus identidades a plenitud, así como la convicción de continuar la lucha por el reconocimiento de derechos.

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Sin embargo, tras la difusión del proyecto en redes sociales y en el sitio web de , los comentarios de odio dirigidos contra quienes participaron en la convocatoria comenzaron a aparecer. Las publicaciones recibieron mensajes con lenguaje despectivo, insultos, estereotipos y expresiones discriminatorias dirigidas a personas pansexuales, hombres cis homosexuales, mujeres trans y otros integrantes de la comunidad LGBTIQ+.

El 10 de junio de 2025, el (COPRED) tuvo conocimiento de los comentarios vertidos en redes y abrió un procedimiento de queja. El proceso quedó registrado en el expediente COPRED/CAyE/Q-000070-2025 y derivó en la Opinión Jurídica OJ/COPRED/006/2025, notificada mediante el oficio COPRED/CAyE/SAJ/106/2026, emitido el 17 de febrero de 2026 en la Ciudad de México.

En la resolución se establece que las opiniones vertidas por varios usuarios en Facebook y en El Universal Online constituyen actos de discriminación y discurso de odio, al vulnerar el derecho a la libertad de expresión de las personas participantes en el proyecto. La opinión consultiva señala que las expresiones analizadas reflejan intolerancia mediante insultos, bullying, rechazo, violencia simbólica y estereotipos dirigidos a la .

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El COPRED analizó el caso con base en diversos instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución de la Ciudad de México, así como la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México.

A partir del análisis, el organismo concluyó que las expresiones vertidas en redes sociales constituyen una conducta injustificada de exclusión y menoscabo del ejercicio del derecho a la libertad de expresión de las 111 personas LGBTIQ+, motivada por su orientación o preferencia sexual.

Además, en el documento se resuelve que las personas que resultaron responsables del acto discriminatorio ofrezcan una disculpa a las 111 personas LGBTTTI+ a quienes les vulneraron sus derechos humanos a la igualdad, no discriminación y libertad de expresión.

También subrayó las consecuencias negativas que la y los discursos de odio pueden tener en la salud mental y emocional de las personas LGBTIQ+.

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El COPRED determinó la existencia de una conducta discriminatoria por parte de las personas que participaron en las plataformas digitales emitiendo opiniones de carácter LGBTTTIfóbicas que vulneran el derecho a la libertad de expresión de quienes participaron en el proyecto periodístico.