Banco de México () publicó este jueves 2 de noviembre en la edición verpertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la circular con las medidas para que los clientes de las instituciones de crédito afectados por el , tengan la oportunidad de diferir temporalmente el pago de sus tarjetas de crédito.

La medida transitoria, tendrá una vigencia del 1 de octubre de 2023 al 30 de abril de 2024.

Se establece que para continuar promoviendo el sano desarrollo del y protegiendo los intereses del público, Banxico determinó que, en los casos en que las instituciones de crédito así lo consideren y convengan con sus clientes respectivos, podrán suspender temporalmente la obligación de requerir el cobro del pago mínimo de las tarjetas de crédito a los usuarios que radican en los municipios declarados como zona de desastre por la Secretaría de Gobernación, y que se encuentren al corriente en sus pagos.

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Las entidades financieras no podrán cobrar intereses moratorios y comisiones por incumplimiento del pago mínimo a los tarjetahabientes beneficiados por este esquema, durante el periodo de diferimiento.

Banxico indicó que entre las medidas se consideró que las instituciones bancarias deberán que transparentar los esquemas de apoyo que ofrezcan.

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Tendrán que indicar en particular, la forma en que se realizarán los cobros de sus deudas después del periodo de no exigencia de cumplimiento del pago mínimo.

Pidió que esa información deberá incorporarse en los portales de internet de cada institución, así como en los estados de cuenta de las tarjetas de crédito de sus clientes que hayan convenido acogerse a estos beneficios.

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