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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto de resolución en el que prevé avalar la prohibición de venta y distribución de bebidas azucaradas en todas las escuelas, incluyendo las de educación superior.

Mediante la discusión de un amparo en revisión, el ministro José Fernando Franco González pedirá a sus compañeros en la Segunda Sala de la Corte su voto para negar el amparo a la Embotelladora del Fuerte, S. R. L. de C. V. contra la prohibición de vender bebidas azucaradas en escuelas, incluyendo las de educación superior.

El caso llegó a la Corte derivado de un recurso de revisión promovido por las secretarías de Educación Pública y de Salud contra un amparo otorgado a la embotelladora para que la prohibición no fuera aplicada en universidades.

En el juicio de garantías, la empresa privada argumentó que la prohibición limita el derecho a los estudiantes a decidir libremente sobre los productos que desean adquirir y que viola su libertad de comercio lícito.

Consideró que la educación, la información y la implementación de programas son las medidas adecuadas para combatir el sobrepeso y la obesidad y no así la prohibición de la venta de refrescos y bebidas azucaradas en las escuelas.

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El juez Sexto de Distrito en el Centro Auxiliar de la Segunda Región en el estado de Puebla, con residencia en Cholula, determinó otorgar el amparo a la embotelladora, para que la medida únicamente fuera aplicada hasta las escuelas de educación media superior.

Esto debido a que consideró que aplicar la prohibición en universidades viola la libertad de trabajo y comercio de la embotelladora, pues los alumnos de estas escuelas son mayores de edad y no están sujetos a una tutela especial del Estado.

Por ello, la SEP y la Ssa argumentaron que la resolución del juez de amparo protegió la libertad de comercio de la empresa, por encima del derecho humano a la salud.

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El proyecto del ministro Franco González propone, en cambio, que la restricción de un derecho para proteger otros no merece ser calificada de inconstitucional.

“Se arriba a la convicción de que la venta y distribución de alimentos y bebidas procesados y preparados dentro de instituciones de educación superior sí es una actividad que transgrede los derechos e interés que tiene la sociedad en general respecto del alcance del nivel más alto posible de salud”, estableció el ministro.

“Las normas impugnadas persiguen una finalidad constitucionalmente legítima y admisible en cuanto a que prohíben la venta y distribución de ciertos alimentos y bebidas procesados y preparados dentro de instituciones de educación superior”, dijo.

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En consecuencia, durante la sesión del próximo miércoles 17 de agosto, los integrantes de la Segunda Sala de la Corte deberán analizar y votar el proyecto realizado por Franco González, que busca declarar válida la prohibición de vender bebidas azucaradas y refrescos en escuelas desde el nivel preescolar hasta el superior.

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