El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) entregar la versión pública del Proyecto Ejecutivo del Tren Interurbano de Pasajeros Toluca-Valle de México; dar a conocer los contratos de las licitaciones públicas y los anticipos; e informar sobre los estudios de impacto efectuados.

Es decir la información referente al Segundo y Tercer Tramo, un particular los estudios de impacto urbano, económico o social, las afectaciones directas e indirectas, las declaratorias de beneficio social, las acciones para amortiguar la contaminación por la tala de árboles, la afectación vial y las medidas para evitar el deterioro de nivel de vida.

En respuesta, la SCT dijo que la construcción del tercer tramo del tren referido era competencia del Gobierno de la Ciudad de México.

Proporcionó diversos vínculos sobre el proceso de licitación del primero y segundo tramo y dijo que el trazo definitivo se especificaba en el documento denominado Análisis Costo Beneficio; e informó que el Proyecto Ejecutivo y el Estudio Geológico se encontraban reservados, porque contenían especificaciones técnicas, cuya difusión pondrían en riesgo la operatividad, seguridad ferroviaria y seguridad de las personas.

Inconforme con la respuesta, el ciudadano presentó un recurso de revisión ante el INAI, que fue turnado a la ponencia de la comisionada Areli Cano.

Al presentar el caso, la comisionada Areli Cano Guadiana afirmó que la realización de obras de infraestructura pública, representa una de las principales actividades económicas de los gobiernos porque su inversión genera fuentes de empleo, contribuye a reducir la pobreza, fomenta el crecimiento e impulsa la competitividad.

Del análisis de la normatividad aplicable y de los Convenios suscritos por la dependencia, se advirtió que es competente para conocer sobre la ejecución de las obras del tren interestatal, con excepción de las realizadas en el tercer tramo, de las cuales conoce el gobierno de la capital del país.

Para contar con mayores elementos para resolver el asunto, se efectúo una audiencia de acceso a la información, en la que se corroboró que la Manifestación de Impacto Ambiental da cuenta del estudio requerido en dicha materia.

Respecto de los vínculos electrónicos entregados, se observó que sólo es posible consultar los procesos de licitación y la MIA, pero no los contratos, anticipos otorgados, anexos de la manifestación de impacto ambiental y sus resolutivos, razón por la cual se determinó que la documental proporcionada estaba incompleta.

Por lo que refiere al trazo general definitivo del proyecto, se verificó que la dependencia atendió el requerimiento al indicar que este mismo estaba contenido en el Análisis Costo-Beneficio.

No obstante, en la audiencia celebrada con la SCT, esta señaló que existe un trazo específico definitivo, que se encontraba reservado y cuya clasificación era procedente, pues este elemento forma parte de un proceso deliberativo.

Al entrar al análisis del Proyecto Ejecutivo, se advirtió que sólo parte de la información y planos que lo integran dan cuenta de las especificaciones técnicas del proyecto, cuya difusión podría comprometer la seguridad nacional; sin embargo, se estimó factible entregarse una versión pública.

La comisionada Areli Cano sostuvo que es “importante destacar que el impacto de las obras como la construcción del Tren Interurbano, si bien buscan lograr un beneficio, lo cierto es que las diferentes etapas previas a su concreción, pueden tener afectaciones de tipo ambiental, social, económico y urbano, y sobre las cuales existe siempre un interés general por conocer las acciones que deben de tomar las autoridades en torno a su atención”.

afcl

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses