La Secretaría de Función Pública (SFP), la Auditoria Superior de la Federación (ASF) y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa solicitaron a senadores definir de manera clara y precisa los tipos penales, alcances y atribuciones de esos organismos en las leyes secundarias del Sistema Nacional Anticorrupción.

Al iniciar los foros de discusión, el secretario de la Función Pública, Virgilio Andrade, aseguró que es necesario también trabajar en definir los parámetros del conflicto de interés, por lo que es necesario establecer los alcances respecto del precedente de la relación (entre un funcionario y un tercero), el tiempo de la relación, la forma en que se materializó, si fueron relaciones mercantiles, qué tipo de operaciones, que nivel de funcionarios.

Consideró que el Legislativo debe clasificar de manera adecuada las faltas entre graves y no graves, así como aquellas que constituyen un beneficio indebido para el funcionario, terceros o privados.

“Un parámetro de identificación puede ser el que conlleva la materia penal al mencionar situaciones de peculado, cohecho, fraude, soborno, enriquecimiento ilícito, pero siempre que la Ley de Responsabilidades Administrativas establezca los grados de libertad para la autoridad para juzgar caso por caso”.

Por su parte, el titular de la Auditoría Superior de la Federación, Juan Manuel Portal, presentó un decálogo de sugerencias para la formulación de las leyes secundarias, en las cuales, destacó la de dotar de mayores atribuciones a la Auditoría, que –agregó- no debe ser vista como una instancia de investigación judicial, sino un órgano de fiscalización federal.

“El Sistema Nacional de Fiscalización debe ser reconocido legalmente dentro del Sistema Nacional Anticorrupción; se debe privilegiar la autonomía de los órganos fiscalizadores públicos; así como asegurar que las nuevas facultades constitucionales de la ASF no se conviertan en mecanismos de orden político”.

En su oportunidad, el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Manuel Hallivis Pelayo, expresó que en Leyes secundarias, el papel del Tribunal debe quedar claro.

“Que es lo que necesitamos para cumplir nuestra función: búsqueda de la verdad; deberemos atender que tipicidad y de debido proceso con un amplia facultad de mejor prever para emitir cada sanción”.

El magistrado Hallivis señaló que el Tribunal requiere que el expediente sea enviado sin calificar los hechos para que todo el procedimiento sea calificado por ese órgano jurisdiccional y si viene mal integrado se pueda devolver.

“No queremos poner en la picota a alguien para sancionarlo y satisfacer el morbo de algunos, lo que queremos es que toda sanción sea inhibitoria de futuros hechos”, dijo.

tpc

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