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La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) modificará los apoyos monetarios otorgados a las familias que cuenten con más de tres estudiantes adscritos a Prospera.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se dio a conocer que sólo se podrá otorgar a cada familia la suma de las tres becas más altas, independientemente del número de becarios que la integren.

En diciembre del año pasado se publicaron los montos a los cuales tendrán acceso los estudiantes que formaran parte del programa de inclusión social.

Para nivel primaria se estableció de 175 a 350 pesos y conforme se incrementa el nivel de estudios el monto de apoyo lo hace de igual manera, hasta llegar a los mil 120 pesos que señala la ley para las alumnas de tercer año de educación media superior.

Las familias que tienen más de tres niños en la escuela no podrán acceder a la sumatoria de cada miembro; es decir, si se tienen cuatro niñas en el último grado del bachillerato no se podrán exigir los 4 mil 480 pesos a los cuales se tendría derecho. Se deberá sumar los tres montos más altos.

En este ejemplo no se podrá tampoco contar con los 3 mil 360 pesos, debido a que el total está sujeto al monto máximo a cuenta de becas, establecido en 2 mil 470 pesos para nivel medio superior y mil 350 pesos en primaria y secundaria.

“Cuando el monto total de apoyos educativos de la familia rebase el máximo establecido, la ayuda se ajustará proporcionalmente, hasta llegar al monto que corresponda” se lee en el acuerdo modificado sobre las Reglas de Operación.

Los apoyos del Programa Prospera están dirigidos a la población en condiciones de extrema pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación; las disposiciones, según el Diario Oficial de la Federación se encuentran enfocadas a promover la educación.

Ello sin contar con los montos de utilies escolares, los cuales están sujetos a la disponibilidad presupuestal, y el recurso sólo se otorga en primaria.

A partir de hoy Prospera entregará el padrón final de beneficiarios a las financieras que hacen llegar el incentivo a cada familia, en los meses de abril y noviembre de cada año, según la publicación.

Según el acuerdo del Diario Oficial de la Federación, relacionado con las reglas de operación de Prospera, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de funcionamiento de los programas que inicien en el ejercicio fiscal siguiente o las modificaciones a las que continúen vigentes.

Se insiste en que “los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos Prospera, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación, mediante acciones que promuevan la superación a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación, protección social y programas asistenciales, así como el fomento del sector social de la economía”.

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