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La iniciativa presentada ante la Cámara de Diputados en materia de justicia y democracia sindical es un elemento clave para enfrentar los enormes pendientes que en esta materia subsisten en nuestro país.
Dicha reforma es producto de varias piezas de un rompecabezas que, en su conjunto, forman un punto de quiebre con un modelo laboral basado en el control, la opacidad y la falta de democracia.
El primer elemento en el que se basa esta iniciativa son los cambios constitucionales aprobados en febrero de 2017, cuyas leyes reglamentarias quedaron para después. Otro elemento es la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, por el cual México se comprometió a fomentar la negociación colectiva auténtica y la libre sindicalización. Finalmente, la iniciativa responde a los compromisos asumidos por México en el reciente acuerdo comercial T-MEC.
La iniciativa es producto de un amplio proceso de participación no sólo de organizaciones sindicales y empresariales sino también de académicos, especialistas, abogados laborales, integrantes del poder judicial y autoridades en esta rama del derecho. ¿En qué consisten y por qué son tan relevantes estos cambios en puerta? Señalemos cinco razones clave.
1. Democracia en el trabajo. Así como los ciudadanos eligen libremente a sus autoridades, ahora también los trabajadores elegirán a sus dirigentes por voto personal, libre, directo y secreto. Sus representantes tendrán que sujetarse constantemente a la rendición de cuentas, principalmente cuando renueven los términos de los contratos colectivos. Así, la reforma contribuirá a devolver el poder del sindicato a sus afiliados.
2. Contratos colectivos genuinos. La reforma rescata la negociación colectiva de la simulación y la corrupción, propios de los contratos de protección, para que los acuerdos entre trabajadores y empleadores comiencen a girar en torno a mejorar la productividad y las condiciones laborales.
3. Se crea un órgano autónomo para la conciliación y el registro de sindicatos y contratos colectivos. Uno de los mecanismos de control político de los pasados gobiernos consistía en que el Poder Ejecutivo entregaba o negaba el registro a un sindicato bajo criterios discrecionales: a los leales, lo concedía; a los disidentes, lo negaba. Para asegurar la libertad sindical, el registro quedará a cargo de un órgano autónomo e imparcial.
4. Justicia laboral. Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial sustituirán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Al independizar la justicia laboral de la órbita del Poder Ejecutivo, finalmente se corrige una anomalía que perduró durante muchos años. En adelante, el proceso será predominantemente oral y más expedito, en presencia de un juez en las audiencias.
5. Eliminación de la extorsión por sindicatos fantasmas. Una práctica que ha agobiado a los empresarios es el constante chantaje de siglas sindicales que utilizan el emplazamiento a huelga como medio de extorsión sin contar con representación alguna. En la iniciativa se exige acreditar previamente dicha representación y se establecen distintos mecanismos para evitar estas prácticas.
Sabemos que quedan varios pendientes de la agenda laboral, entre ellos el abuso de la subcontratación y el régimen laboral burocrático. Concluida esta tarea, tenemos la responsabilidad de abrir espacios de diálogo en relación con estos temas fundamentales. Aprovechemos esta oportunidad histórica.
Secretaria del Trabajo y Previsión Social
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