En estos días tendremos diversas manifestaciones con motivo del 8M. Habrá quienes esperen represión como la que históricamente tuvimos en momentos como el 68 o la guerra sucia de los años 70s. Lo que me lleva a recordar el trabajo cinematográfico del creador franco-griego Konstantinos Costa-Gavras, -en su compromiso contra los autoritarismos que bloquearon por décadas el cambio democrático-, que en su obra fílmica “Z”, narra los eventos lamentables posteriores al asesinato del diputado y candidato presidencial Grigoris Lambrakis, que desembocarían en la imposición de una junta militar en Grecia, en 1967.

En nuestro país se llegó a tipificar la disidencia en el Código Penal Federal con el tipo “disolución social”, criminalizaba a quienes no estaban de acuerdo con el sistema por sus ideas, y se bloqueaba el derecho a la libre manifestación. En un orden democrático, éste no puede ser sostenido por una teoría criminológica que defina lo criminal o a sus infractores, sin tomar en cuenta las libertades políticas consagradas en los cuerpos constitucionales.

La criminología es una ciencia diferente al derecho penal y las teorías del delito, y la dogmática penal. La primera, define los cómo, del proceso y los derechos, y la otra busca definir el qué, del crimen y el hecho criminal. El error en esa visión, radica en definir lo criminal con base en un sistema de valores que califica previamente al delincuente antes de explicarlo.

En la Ciudad de México, se han dado avances significativos para garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos con una óptica democrática. Se tiene por caso, la Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos que monitorea permanentemente las posibles violaciones en esta materia, en el contexto de las protestas.

Por otro lado, existe diálogo y coordinación con organizaciones de monitoreo de la sociedad civil, cómo es el caso del Colectivo Marabunta y el Frente por la Libertad de Expresión y Protesta, en coordinación constante con las instancias de procuración de justicia y vigilancia.

Al mismo tiempo el decálogo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana postula la libertad de manifestación de hombres y mujeres, y señala que nunca puede utilizarse la fuerza para reprimir a quienes se expresan pacíficamente sus ideas.

Todo ello, ha dado como resultado que en la sesión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 9 de noviembre de 2023, respecto del uso de la fuerza, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos reconoció que hay aspectos positivos implementados. Siendo la Ciudad de México dónde se realizan más manifestaciones en América Latina, las instituciones han sabido crear diversos mecanismos de diálogo con la sociedad civil.

En síntesis, no podríamos decir que vivimos en una ciudad de avanzada si se criminalizara la protesta social. Los mecanismos para el diálogo y protección de manifestantes, es y debe seguir siendo una constante en la vida diaria de nuestra entidad.

Atrás quedaron los tiempos donde se perseguía a las personas disidentes, y evidentemente en un entorno tan complejo siempre existirán grupos disconformes, pero el respeto a los derechos humanos jamás puede estar a discusión. Por el contrario, las preguntas que debieran estar presentes en los gobiernos son ¿cómo seguir garantizándolos? y ¿qué queda por implementar para seguir viviendo en una ciudad de derechos?.

Coordinador General de Investigación Territorial en suplencia de la persona titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

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