Durante siglos, el derecho habló de animales como si fueran cosas. Propiedad, bienes, recursos. Nunca sujetos. Nunca titulares de algo parecido a un derecho.

Pero eso está cambiando. Y no por una moda, sino por una transformación más profunda: estamos empezando a entender que no somos los únicos que habitan el mundo con sensibilidad.

En los últimos años, la noción de seres sintientes ha comenzado a abrirse paso en los sistemas jurídicos. No se trata todavía —al menos en la mayoría de los casos—de reconocerles personalidad jurídica plena, sino de algo más sutil, pero igualmente relevante: admitir que su capacidad de sentir dolor, estrés o placer tiene consecuencias jurídicas. Que no son objetos. Que no pueden ser tratados como tales.

Ese cambio ha encontrado eco en el constitucionalismo contemporáneo. Si los derechos humanos parten de la dignidad y de la protección frente al sufrimiento injustificado, la pregunta es inevitable: ¿qué hacemos con aquellos seres capaces de sufrir, aunque no sean humanos?

En México, el avance ha sido gradual, pero constante. A través de precedentes judiciales y juicio de amparo, los tribunales han comenzado a reconocer que la protección animal no es solo una cuestión administrativa o de política pública, sino que puede vincularse con principios constitucionales como el derecho a un medioambiente sano o incluso con la evolución del concepto de dignidad. Lo que antes era un tema marginal, hoy empieza a formar parte del lenguaje jurídico.

Este giro no ocurre en el vacío. También responde a un cambio cultural. En su libro La inmensidad del mundo, el periodista y científico Ed Yong plantea una idea tan simple como enigmática: cada especie percibe el mundo de una manera radicalmente distinta. Los animales no solo viven en nuestro entorno; habitan universos sensoriales propios, complejos, ricos, muchas veces incomprensibles para nosotros. Entender eso no es solo un ejercicio de curiosidad científica; es una invitación a replantear nuestra relación con ellos.

A veces, ese replanteamiento se traduce en decisiones concretas. En lugares como La Paz, por ejemplo, se acaban de imponer medidas a través de un juicio de amparo para restringir el tránsito de embarcaciones con el fin de proteger a las ballenas en sus rutas migratorias, reconociendo que la actividad humana no puede imponerse sin límites sobre los ecosistemas que otras especies necesitan para sobrevivir. No es solo conversación: es, en cierta medida, una forma incipiente de justicia interespecie.

El derecho, que suele llegar tarde a los cambios sociales, comienza aquí a ponerse al día. Los animales no votan, no litigan, no redactan demandas. Pero eso no significa que el orden jurídico no pueda —o no deba— protegerlos. La historia de la desigualdad en los derechos es, en buena medida, la historia de quienes no han podido reclamarlos por sí mismos.

Todo esto puedo resultar incómodo para algunos. Porque reconocer a los animales como seres sintientes no es solo ampliar derechos: es aceptar límites.

Límites a la industria, al consumo, a la comodidad. Límites, en su última instancia, a nosotros mismos.

En el fondo, este debate no habla solo de ellos. Habla de nosotros. De nuestra capacidad de ampliar el círculo de consideración moral. De entender que la dignidad —ese concepto que tanto invocamos— puede no ser exclusivamente humana.

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