El fuero constitucional en México es una protección jurídica limitada, diseñada para garantizar la independencia de ciertos servidores públicos. No se emplea para otorgar impunidad o proteger delitos, sino funciones.

El fuero es una prerrogativa prevista en la Constitución que opera en tres dimensiones principales:

-Inmunidad procesal. No se puede iniciar un proceso penal contra ciertos funcionarios sin un procedimiento previo de desafuero.

-Inviolabilidad de opiniones. Diputados y senadores no pueden ser perseguidos por las opiniones que expresen en el ejercicio de su cargo (Art. 61).

-Régimen especial del Presidente. La Constitución establece supuestos específicos para acusarlo penalmente.

El fuero protege la función pública, no a la persona. Evita presiones políticas mediante denuncias penales fabricadas. Permite que el Congreso controle si un funcionario puede ser procesado (procedimiento de desafuero). Resguarda la libertad de expresión parlamentaria, piedra angular del debate democrático. No impide investigaciones, sólo suspende la acción penal hasta que se vote el retiro del fuero.

Ahora, el fuero no es impunidad. Sus límites son precisos: No cubre delitos flagrantes: si un funcionario es sorprendido en flagrancia, puede ser detenido. No protege actos fuera del cargo: sólo cubre conductas vinculadas al ejercicio de funciones. No impide responsabilidad administrativa o política: juicio político, sanciones, inhabilitaciones. Puede perderse mediante el procedimiento de desafuero, regulado en el Título Cuarto constitucional. No protege discursos de odio, injurias o calumnias fuera del recinto legislativo.

Según la doctrina constitucional mexicana, el fuero surge para: blindar la división de poderes frente a persecuciones políticas, garantizar la deliberación libre en el Congreso y evitar que el Ejecutivo utilice el aparato penal para intimidar opositores.

En México, el fuero ha sido históricamente un campo de disputa simbólica: Para unos, es un escudo democrático. Para otros, un mecanismo de privilegio que ha permitido abusos.

La Suprema Corte reconoce esta ambivalencia y ha subrayado que el fuero no es un blindaje absoluto, sino una garantía funcional que puede y debe retirarse cuando se acredita responsabilidad.

El fuero en México es uno de esos artefactos constitucionales que revelan más de lo que ocultan: nació como un mecanismo de protección democrática, pero en la práctica se convirtió en un símbolo de desigualdad jurídica, un recordatorio de que el poder político suele blindarse a sí mismo antes que a la ciudadanía.

La crítica más sólida al fuero parte de una premisa: la inmunidad procesal no garantiza la independencia, sino la asimetría. Los ejes centrales son la desigualdad jurídica, politización de la justicia, impunidad selectiva, distorsión del principio republicano y erosión de la confianza pública.

Tampoco debe olvidarse que el procedimiento de desafuero se ha convertido en un arma política que se activa contra opositores incómodos, se congela cuando conviene proteger aliados y se negocia como moneda de cambio legislativa. El resultado es que la justicia deja de ser un sistema y se vuelve un tablero.

Rector del Colegio Jurista

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