El concepto de soberanía guardado en la teoría del Estado y el derecho constitucional, ha salido ahora en el debate público cotidiano, en relación con los desplantes de Trump para "solucionar" el tráfico de drogas a su país, con la presencia de sus "marines" en el nuestro, además de su agresiva política exterior en el caso de Groenlandia (Dinamarca), Venezuela, Irán y ahora la amenaza a Cuba. La soberanía está fuertemente vinculada con el multilateralismo, de tal suerte que cuando éste entra en crisis como hoy en día, también arrastra a aquella. Goza de buena salud si los poderosos están limitados por reglas internacionales efectivas para todos.
Pero ¿qué es la soberanía?, ¿y en defensa de quién se invoca?
Inmejorable definición la encontramos en nuestra historia constitucional. La Constitución de Apatzingán (1814) señala en su artículo 2: "La facultad de dictar leyes y de establecer la forma de gobierno que más convenga a los intereses de la sociedad, constituye la soberanía" y agrega: "Esta es por su naturaleza, imprescriptible, inajenable e indivisible" (art. 3o). Además estableció: "Por consiguiente la soberanía reside originalmente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional" (art. 5o). Consecuentemente el soberano tiene el derecho incontestable de establecer el gobierno que más le convenga, alterarlo, modificarlo y abolirlo totalmente (art. 4o). Ninguna otra carta constitucional desarrolló tan claramente el concepto de soberanía como lo hizo la de Apatzingán, inspirada en el fervor independentista respecto de España.
Sin embargo, el Acta constitutiva de la Federación Mexicana de 1824 incorporó otra idea de suma importancia en el presente, en su artículo 2o: "La Nación mexicana es libre e independiente para siempre de España y de cualquier otra potencia, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona".
Integradas ambas cartas constitucionales tenemos un concepto de soberanía compuesto de 3 elementos: 1) facultad exclusiva de losL@S MEXICAN@S de dictarnos leyes y establecer y cambiar la forma de gobierno que mejor nos convenga, y 2) México libre ante cualquier otra potencia; y 3) La Nación mexicana no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
Cuando la presidenta Sheinbaum invoca la soberanía frente a Trump recoge el sentido 1 y 2 de esa definición constitucional, porque aceptar la intromisión de fuerzas armadas norteamericanas para combatir a los cárteles en nuestro territorio, afecta nuestro derecho y deber de enfrentarlos nosotros con nuestros propios medios, frente a esa potencia.
Pero lo que se pone en entredicho con el caso de Rocha Moya acusado de asociación delictuosa con el cártel de Sinaloa para ganar las elecciones en ese estado en 2021, es el tercer elemento, esto es, nuestra soberanía queda severamente conculcada cuando también se convierte a la nación en patrimonio compartido de una familia (los chapitos) o persona (Chapo, Mayo o Mencho) al consentir y hasta procurar su ilegal intervención para inclinar la balanza en una elección, que sólo corresponde decidir a l@s ciudadan@s.
Coincido con la presidenta Sheinbaum en defender nuestra soberanía frente a cualquier potencia, pero no coincido en que esa defensa no se haga también extensiva ante la cesión patrimonialista al crimen organizado. Tan traidor es quien invoca la intervención de una potencia extranjera (como los conservadores Almonte, Gutiérrez Estrada, Miramón y Márquez ante Napoleón III) para solucionar nuestros problemas, como quien se asiste del crimen organizado para ganar una elección y alcanzar el poder.
La defensa de nuestra soberanía o es integral frente a potencias, familias y personas, o no es defensa.
Docente/investigador de la UNAM
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