El encontronazo entre el gobierno mexicano y la Organización de Estados Americanos (OEA), con motivo del Informe de esta institución relativo al reciente proceso electoral judicial, se produce por el ofensivo exceso de esa organización al asumir, sin ninguna facultad jurídica, una descarada y sesgada actitud injerencista formulando recomendaciones a México ¡y a otros países! respecto de la manera de conformar su Poder Judicial. ¡Habrase visto tal arrogancia y falta de respeto a sus anfitriones y a otros miembros de la comunidad americana!
Hizo bien en reaccionar de inmediato la Cancillería mexicana para rechazar esa descarada injerencia y recordarle a la OEA que el artículo 3 de su Carta señala: “Todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga”.
El documento que elaboró la OEA rebasando sus funciones es inadmisible porque, si fuese procedente, tendría que referirse al conocimiento del proceso electoral. Con base en nuestra ley se invita a los visitantes extranjeros a “Conocer las modalidades del desarrollo de los procesos electorales, federales en cualquiera de sus etapas”, de manera que su participación tendría que haberse limitado al conocimiento del proceso electoral, iniciado en septiembre de 2024, y a partir de ahí las distintas etapas de su preparación y realización. No obstante, el Informe Preliminar contiene un enjuiciamiento de nuestro proceso de reforma constitucional y de las incidencias que se produjeron con motivo del enfrentamiento que ilícitamente inició el Poder Judicial mexicano contra los otros poderes. El abordaje de todo un proceso político interno del país no forma parte del ejercicio que se autoriza al visitante extranjero. Tampoco es de su competencia arrogarse la facultad de opinar sobre la preparación técnica de los aspirantes, ni formular apreciaciones sobre la duración del mandato de los jueces y la realización de sus evaluaciones. Nada de eso tiene que ver con las etapas del proceso electoral que no vinieron a observar, sino a conocer. La diferencia no es menor, pues la observación electoral está reservada a los ciudadanos mexicanos y tiene una regulación legal específica. La distinción entre visitantes y observadores tiene el propósito legal de dejar bien claro que no se invita al extranjero con el carácter de evaluador o supervisor y mucho menos de juez.
Esta intromisión indebida constituye una violación a nuestra Constitución que prohíbe a los extranjeros inmiscuirse de ninguna manera en los asuntos políticos del país. Podría aducirse que su participación está autorizada por la invitación que se les formuló, pero con base en ella se acredita a personas físicas, no a organizaciones. La OEA se hace aparecer, sin autorización legal, como una instancia observadora del proceso electoral mexicano y genera la percepción de que tiene facultades para emitir opiniones y hasta recomendaciones cuando evidentemente no es así. El colmo del abusivo proceder de la OEA es haberse atrevido a recomendar a otros países no seguir el modelo mexicano arrogándose una superioridad sobre los Estados nacionales a los que ofende pretendiendo dictarles un modo de proceder.
La elección judicial mostró muchos defectos, pero arreglarlos es asunto de los mexicanos.
Poder Judicial
Investigador de El Colegio de Veracruz y Magistrado en retiro. @DEduardoAndrade
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