Para corregir la dispersión legal que afecta la justicia de género en México, se pretende reformar el artículo 73 constitucional para que el Congreso pueda crear una Ley General que prevenga, investigue, sancione y repare el feminicidio. Esto busca unificar criterios y garantizar justicia a las víctimas, sin importar el lugar donde ocurrió el delito. Sin embargo, los problemas sociales no se solucionan solo con leyes. La propuesta destaca por homologar el delito y ordenar que toda muerte violenta de mujer se investigue inicialmente como feminicidio. La ley elimina la prescripción y establece penas de hasta 70 años, aunque es válido dudar que el castigo más severo realmente reduzca el delito si no hay capacidad investigativa suficiente, además de las afectaciones que implica para los derechos fundamentales de los acusados.

La carencia de políticas de prevención y reivindicación son un área de oportunidad. El avance legislativo debe acompañarse de estrategias que precedan al crimen; la prevención real exige inversión estructural en refugios y autonomía económica. Resulta ineludible señalar que el Estado parece priorizar el castigo tras la tragedia sobre la protección efectiva del derecho a la vida. La justicia no se agota en la condena, sino que inicia asegurando una vida libre de violencia, reto pendiente en una agenda principalmente reactiva que obvia la proactividad.

Este enfoque crítico no debe traducirse en un relajamiento de las garantías procesales. Un sistema que fractura el debido proceso por eficiencia política está condenado al fracaso, pues suele derivar en sentencias revocadas que revictimizan a las familias. Además, es un error establecer una presunción legal de que toda muerte violenta de mujer es feminicidio, ya que esto vulnera derechos fundamentales de los acusados al invertir la carga de la prueba y debilitar la presunción de inocencia. Lo correcto sería implementar protocolos obligatorios de investigación para estas muertes, permitiendo que el fiscal, a partir de evidencias objetivas, determine con certeza si se trata de un feminicidio o no.

La verdadera eficacia en la investigación del feminicidio reside en el uso de inteligencia y el rigor de los servicios forenses respetando las reglas del juicio. Una fiscalía profesionalizada es la única vía para asegurar sanciones firmes, convirtiendo el debido proceso en el escudo que proteja la integridad de la sentencia y evite la impunidad por deficiencias investigativas.

Desde la acción comunicativa de Habermas, el Estado parece privilegiar el éxito político inmediato sobre un diálogo genuino que brinde legitimidad social a la norma. No basta imponer el derecho; es vital convencer de su necesidad. Aquí, el "Solo Frente" de Raúl Contreras es clave: el derecho penal debe ser el último recurso, situando a la educación y la cultura de igualdad como primeras defensas.

Es preocupante que los fondos para la igualdad se destinen a programas sociales que no abordan el feminicidio. Para fortalecer la justicia, se requiere financiamiento específico para perseguir estos delitos y apoyar a las víctimas indirectas. México puede renovar su sistema judicial, priorizando la vida de las mujeres, pero esto solo será posible con voluntad política verdadera, integrando la norma, la prevención y el respeto al debido proceso.

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