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Hace 37 años la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis aislada sobre la inexistencia del delito de inhumación clandestina (enterrar a alguien sin el permiso de autoridad correspondiente) en el que cayó en el pleonasmo.
El texto forma parte de una sentencia de amparo emitida en el año 1982 por la Primera Sala de la Corte.
El ponente fue el ministro Raúl Cuevas Mantecón, fallecido en 2013, quien consideró que al enterrar clandestinamente a una persona sin la intención de ocultar que su muerte se debió a la comisión de un homicidio , no se incurre en una ilegalidad.
Sin embargo, en la redacción del criterio, la SCJN asentó la frase “que la muerte del cadaver ilícitamente sepultado”, produciendo un inusual pleonasmo .
“Debe decirse que el dispositivo en cita debe ser interpretado conjuntamente con el texto de la fracción II, advirtiéndose que mientras esta última precisa que la muerte del cadáver ilícitamente sepultado, debió producirse a virtud de lesiones”, indica la tesis identificada con el número 234444.
Los criterios más recientes relacionados con el delito de inhumación de cadaver fueron emitidos en 1987, en la misma época en la que se publicó la tesis derivada de la resolución del ministro Cuevas Mantecón.
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