La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los jueces federales ya no podrán conceder suspensiones para que los vehículos sin el Sistema de Diagnóstico a Bordo (SBD) obtengan el holograma “0” .

Con 3 votos de los 5 integrantes de la Segunda Sala de la Corte, los ministros señalaron que los jueces de amparo ya no pueden conceder la suspensión provisional contra el Programa de Verificación Vehicular en la Zona Metropolitana del Valle de México.

La resolución derivó de una contradicción de tesis puesta a consideración del Máximo Tribunal donde el criterio que prevaleció fue el emitido por un Tribunal Colegiado en materia Administrativa en el Estado de México.

“Si el objeto primordial es abatir el deterioro ambiental en los dieciocho municipios conurbados del Estado de México , de la Zona Metropolitana del Valle de México, y proteger la salud de los habitantes de las mismas, como una obligación propia del Gobierno, en conjunto con la sociedad, es evidente que la concesión de la medida cautelar de carácter provisional, seguiría mayor perjuicio a la sociedad, del que pudiera reportarle al quejoso, al no obtener la constancia de verificación vehicular con holograma “0”, que es lo que pretende”, indica el criterio avalado por la Corte.

El criterio que ya no podrá ser aplicado es el emitido por un Tribunal Colegiado en materia Administrativa en la Ciudad de México que ordenó a un juez de amparo conceder una suspensión provisional para que un automovilista obtenga el holograma cero a pesar de que su vehículo no contaba con la tecnología requerida por ley.

ahc

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