Clicerio Coello Garcés

, director de Planeación Estratégica Institucional, y Antonio Pérez Fonticoba, director jurídico del Instituto Mexicano del Seguro Social ( ), aclararon que la Comisión Federal de Competencia Económica ( ) es el órgano del Estado para determinar si empresas que han obtenido contratos como proveedores de servicios de laboratorio y bancos de sangre al IMSS realizan actividades monopólica s o no.

Esto, en respuesta a cuestionamientos hechos al presidente sobre si el IMSS tenía que hacer una valoración o revisar los contratos que se le asignaron a cuatro empresas proveedoras en el sector salud que son sujetas de una investigación.

Ambos funcionarios acudieron a la conferencia vespertina en el Salón Tesorería en Palacio Nacional, para dar respuesta a este cuestionamiento en representación del director general Zoé Robledo Aburto , debido a que éste se encuentra en cuarentena a causa del .

En su intervención, Coello Garcés dijo que sólo la Cofece, liderada por Alejandra Palacios , está facultada para investigar, determinar y sancionar las actividades monopólicas de grupos económicos y de empresas.

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Agregó que en 2016 el IMSS presentó una denuncia ante la Cofece en contra de unas empresas para que se analizara si éstas estaban incurriendo en actividades monopólicas o en actividades de colusión, entre ellas para proveer servicios de laboratorio y bancos de sangre.

En abril de 2016, la Cofece inició una investigación específica sobre cuatro empresas y después de tres años de investigaciones, el órgano autónomo determinó emplazarlas a procedimiento de responsabilidad, a partir de un dictamen de probable responsabilidad en el que se señala que existió una probable colusión e iniciar un juicio.

“Las empresas pueden presentar pruebas, acudir a los alegatos y, una vez que se concluya con este proceso, entonces la Cofece emitirá la determinación correspondiente”, indicó Coello Garcés.

El director de Planeación puntualizó que al día de hoy el IMSS no tiene conocimiento de que la Cofece haya emitido una resolución sobre esta denuncia que se presentó en el 2016.

“De tal manera que, sin sanción, el IMSS no puede calificar de probables actividades monopólicas de las empresas denunciadas” aseguró.

También aclaró que es un procedimiento de una autoridad diferente, por lo tanto el IMSS no puede desestimar a las empresas participantes en una licitación pública, si no tiene todos los elementos suficientes en atención al principio de legalidad.

“Como toda autoridad tenemos que actuar en el marco de la ley y si el Instituto no tiene atribuciones para calificar las actividades monopólicas de estas cuatro empresas, y esta atribución le corresponde a otro órgano del Estado, entonces en respeto a las esferas competenciales el Instituto debe esperar a que la Cofece emita la determinación” refirió.

Clicerio Coello precisó que las empresas señaladas proporcionan servicios que tienen que ver con el factor vida y el Seguro Social tiene que mantener los procesos de licitación pública de manera transparente, valorar a las empresas que no tienen impedimento legal a través de una resolución de autoridad administrativa o de autoridad judicial que les impida participar.

“El Instituto no tiene facultades para descalificar a proveedores, salvo que tenga constancia de que se encuentran inhabilitadas por alguna autoridad competente o en su caso hayan sido sujetas de una sanción. El Seguro Social estaremos muy atentos de la resolución que emita la Cofece”, concluyó el funcionario.

cev/rcr

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