De manera unánime la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) reabrir el caso e investigar posibles irregularidades en que hubiera incurrido el presidente Andrés Manuel López Obrador por la emisión y difusión de su informe parcial del 1 de julio.

Días antes de esa fecha PAN y PRD pidieron al INE medidas cautelare s para suspender la “celebración” que encabezaría López Obrador en el zócalo, en ocasión del primer aniversario de las elecciones en las que ganó la presidencia, a la que convocó en su conferencia mañanera y en redes sociales de la Presidencia, en tanto que un diputado local usó mantas para convocar a ese evento.

Pero el 29 de junio, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE desechó las quejas , decidió no analizar las medidas cautelares solicitadas para cancelar la difusión del acto y dio carpetazo al asunto con el argumento de que los hechos denunciados "no actualizan una violación en materia electoral” , porque no está en curso ningún proceso electoral y no se encontró vinculación entre el evento y Morena.

Pero en sesión pública, los magistrados de la Sala Superior revocaron ese desechamiento y ordenaron a la UTCE del INE admita las denuncias, integre los expedientes “y se pronuncie para que la Sala Regional Especializada del TEPJF emita la resolución respectiva”.

De igual forma el Tribunal revocó el desechamiento de otra queja del PAN en la que denunció al mandatario por uso indebido de recursos públicos y adquisición de tiempos en radio y televisión para la difusión de ese informe de actividades.

Sin discusión los magistrados dieron la razón a PAN y PRD pues la UTCE usó razonamientos de fondo para determinar que los hechos denunciados no eran violación en materia electoral, siendo que a esa Unidad y a la Comisión de Quejas corresponde realizar investigaciones, integrar expedientes y en su caso pronunciarse sobre medidas cautelares pero todo bajo un análisis preliminar, pues toca a la Sala Regional analizar de fondo los asuntos y determinar si hay o no violaciones legales.

La UTCE debió advertir que había “ indicios de posibles infracciones como posible utilización de recursos públicos, probable propaganda personalizada y difusión del informe de labores fuera de los plazos previstos por la ley”, estableció el TEPJF.

En cambio la UTCE del INE resolvió que el evento a realizarse en el zócalo era un ejercicio de rendición de cuentas, que no incidía en proceso electoral, que no era informe gubernamental ni propaganda gubernamental personalizada y que no había relación entre el evento y el partido Morena y esos son razoramientos de fondo que tocan analizar a la Sala Regional, se estableció en la sentencia.

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