Preguntada al respecto de la ocultación de informaciones críticas, responde que “la elaboración de los Análisis de Costo Beneficio para el Tren Maya se hizo de conformidad con los Lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ”.

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Sobre las páginas críticas con el Tramo 7 eliminadas , los promotores del Tren Maya responden que “la sección de ‘Análisis de Alternativas de Solución’ se realiza para solventar una problemática o atender una necesidad, donde se comparan diversos atributos incluyendo un análisis económico”, asegurando que “la estructura correcta del análisis es utilizar como base la alternativa de trazo correspondiente al estudio de demanda”. Dicha información no es pública ni explican por qué se decidió eliminarlas.

Al respecto de la baja captación al Tren Maya de trabajadores y estudiantes locales, contestan que “se incluye en la demanda de pasajeros una curva de aprendizaje de manera que en el primer año solo se captura el 50% de la población que migraría, y hasta 2027 se considera que se capture el 100% de la población que migraría al nuevo modo de transporte”.

Estas son las preguntas que realizó EL UNIVERSAL a Fonatur: https://www.eluniversal.com.mx/interactivos/2021/pdf/tren-maya/preguntas_universal_junio.pdf

Según Fonatur, las empresas “que resultaron adjudicadas presentaron programas de obra con un compromiso de terminación en 28 meses después de analizar a detalle la viabilidad de su desarrollo con un plan específico de frentes de trabajo” y “los trabajos están siendo realizados bajo estándares de calidad internacionales para garantizar la calidad y seguridad de estos”. Pero la mayoría de las empresas consultadas por ellos solicitaron un mínimo de 36 meses para cada tramo.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público contesta a una serie de preguntas similares con una redacción idéntica. Dicen que entre marzo y diciembre de 2019 se mantuvieron reuniones periódicas entre ellos y Fonatur, aunque argumentan que no es su competencia “conocer avances en versiones preliminares, así como la información adicional que esté sujeta a revisión y validación previa”.

Respuesta de SHCP: