La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( ) ordenó al Estado mexicano a cumplir con las medidas y acciones urgentes emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas ( ONU ).

De este modo, la SCJN otorgó carácter vinculante a las medidas emitidas por el Comité y determinó que su cumplimiento debe ser supervisado judicial y constitucionalmente.

La declaración de la Corte derivó de la resolución de un amparo revisado por la Primera Sala, en el que una madre reclamó en vía de amparo a diversas autoridades de Veracruz que no implementaron, coordinaron y efectuaron una investigación diligente, exhaustiva, imparcial y seria para lograr localizar a su hijo víctima de desaparición forzada desde 2013.

La quejosa reclamó, entre otras cosas, que las autoridades no han implementado las medidas y acciones urgentes emitidas respecto al caso de su hijo, por el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU.

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En el amparo, un juez federal indicó que las medidas emitidas por el organismo internacional no son vinculantes y únicamente concedió la protección para que la madre recibiera copias certificadas de la averiguación previa y que el ministerio público realice las diligencias necesarias para esclarecer los hechos e identificar a los responsables y ajustar su actuación a los estándares internacionales.

La Corte revocó la sentencia y amplió los efectos del amparo para además permitir y propiciar la participación de la madre de la víctima en la búsqueda y localización de su hijo porque consideró que el derecho a la búsqueda y sus resultados “integran el núcleo esencial del derecho a no padecer desaparición forzada y dotan de contenido y sustancia a los deberes de prevenir, investigar y reparar las violaciones de derechos humanos y sus correlativos derechos a la verdad, la justicia y la reparación”.

Además, la Sala declaró que las autoridades deben acatar las medidas y acciones emitidas por el Comité pues negar la vinculatoriedad implicaría quitar todo efecto útil a la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

ed

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