La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebró la entrada en vigor de la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de órdenes de protección, mismas que deberán otorgarse en el momento en que las autoridades competentes tengan conocimiento de un hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción que ponga en riesgo la integridad, libertad o la vida de niñas o mujeres.

La CNDH reconoció la importancia de la emisión de las órdenes de protección dentro de las cuatro horas posteriores al conocimiento de los hechos; la duración de 60 días y su ampliación por 30 días más o hasta que cese el riesgo; el respeto de la autonomía de las víctimas, la previsión de gestiones para garantizar su cumplimiento, el monitoreo y ejecución, así como la previsión de que en los casos de violencia sexual se canalice a niñas o mujeres a instituciones de salud establecidas en la normatividad.

Sin embargo, advirtió la necesidad de acelerar la aplicación de las órdenes de protección, en términos de la recomendación realizada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer a México, así como a fortalecer los registros de casos.

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