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Con el objetivo de agilizar los trámites que se realizan por el fallecimiento de una persona por sospecha o confirmación de Covid-19, el Gobierno de la Ciudad de México decidió modificar el protocolo de manejo de las personas fallecidas por este virus.
No será necesario presentar carta de estancia, de refrigeración, tesis de embalsamamiento o carta responsiva para los trámites de traslado, inhumación o cremación en decesos de más de 48 horas.
Asimismo, el Gobierno autoriza el traslado de personas fallecidas al interior de la República Mexicana o al extranjero, extremando todas las medidas de seguridad sanitaria.
Para la autorización de traslados de personas fallecidas que implican tiempos prolongados se permite su embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro procedimiento de conservación y el traslado será efectuado por las agencias funerarias, extremando todas las medidas sanitarias. Cualquier traslado fuera de las disposiciones legales establecidas será sancionado por las leyes civiles y penales aplicables.
Estas medidas serán vigentes a partir de este fin de semana, y será la Agencia de Protección Sanitaria de Salud la que dará la autorización de los trámites funerarios de traslado, inhumación o cremación de personas fallecidas en términos de la normativa aplicable, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos.
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