Los tendrán un plazo de 180 días naturales para colocar, en un lugar visible a la entrada de sus establecimientos, un letrero que informe a los usuarios que para proteger a las personas y sus vehículos.

En la , se publicó el decreto que adiciona un último párrafo a la fracción IV del artículo 48 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México. Con ello, los titulares de estacionamientos deberán exhibir un aviso sobre el seguro o fianza correspondiente.

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El texto que deberán colocar expone: “Este establecimiento cuenta con seguro de responsabilidad civil o fianza vigente para la protección de las personas usuarias y sus vehículos, en términos de la fracción IV del artículo 48 de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México.”

El decreto –que ya entró en vigor– únicamente adiciona el último párrafo de la fracción IV del artículo 48, por lo que el resto de las disposiciones previstas en dicho artículo permanecen vigentes. Así, los usuarios podrán conocer desde el ingreso al estacionamiento si el establecimiento cuenta con seguro de responsabilidad civil o fianza vigente, antes de dejar su vehículo en el lugar.

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