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Avanzan en Comisiones del Congreso de CDMX iniciativas de Brugada para sancionar lesiones por razones de género y castigar amenazas de bomba

Las penas actuales son de cuatro a ocho años de prisión, pero se avaló que la sanción sea de cinco a 10 años

Avanza en Comisiones sancionar lesiones por razones de genero y castigar las amenazas de bomba. Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
06/11/2025 |19:53
Omar Díaz
Reportero de la sección MetrópoliVer perfil

La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México aprobó tres iniciativas para sancionar con más severidad la , las amenazas, y la asociación delictuosa, las cuales fueron propuestas por la jefa de Gobierno, .





Las y los legisladores avalaron por unanimidad modificar el artículo 131 del Código Penal local para tipificar las lesiones causadas por razones de género en contra de mujeres o en contra de personas con orientaciones sexuales, , expresiones de género o características sexuales no normativas.

También se cambió el 209 del Código Penal local para sancionar con uno a dos años de prisión el delito de amenazas. Esta pena se agravará al triple cuando la amenaza consista en difundir, exponer, distribuir, publicar, compartir, exhibir, reproducir, intercambiar, ofertar, comerciar o transmitir, mediante cualquier medio, imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento u obtenidos mediante engaño.

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Asimismo, la pena se triplicará cuando la amenaza consista en la instalación, uso o detonación de bombas o explosivos tanto en instalaciones o vehículos públicos o privado; se realice haciendo uso de arma de fuego o cuchillo; y cuando el sujeto activo se ostente como integrante de algún grupo criminal o de la delincuencia organizada.

Al respecto, el diputado Alberto Martínez Urincho explicó que este dictamen buscan garantizar la paz y seguridad de las personas “al mejorar el tipo penal de este delito para generar más protección de estos bienes jurídicos”.

De igual forma, se aprobaron cambios al artículo 253 del Código Penal local para castigar con más severidad el delito de asociación delictuosa. Las penas actuales son de cuatro a ocho años de prisión, pero se avaló que la sanción sea de cinco a 10 años.

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dmrr/cr

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