Más Información

Tras dictamen técnico del Tren Interoceánico deberá haber deslinde de responsabilidades, dice Sheinbaum; la FGR lo determinará

Descarrilamiento del Interoceánico, en datos; cronología y el saldo de víctimas del "proyecto más atractivo del mundo" según AMLO
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el triunfo del Partido Movimiento Ciudadano en el municipio de Jáltipan, ubicado en el sur de Veracruz, cuya elección había sido anulado previamente por presunta violencia política de género en contra de la candidata de Morena.
Los magistrados electorales federales revocaron la decisión del Tribunal Electoral de Veracruz y de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de anular dicha elección bajo el argumento de violencia política de género en contra de la candidata de la coalición PVEM-Morena, Mildred Marlene May.
De tal forma que ordenaron confirmar la validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría al candidato de MC, Gildardo Maldonado Guzmán, alcalde electo que deberá tomar protesta de ley este 31 de diciembre y entrar en funciones a partir del primero de enero.
El tribunal local y la Sala Regional (con dos votos a favor y uno en contra), habían declarado la nulidad de la elección porque la ley electoral de Veracruz establece la violencia política de género y que el resultado entre el primer y segundo lugar haya sido menor al 5 por ciento como causales para ello, causales que se habían cumplido en este caso.
Sin embargo, la magistrada electoral federal Claudia Valle Aguilasocho, quien presentó el proyecto para revocar la anulación de la elección, cual estableció que para anular una elección era necesario analizar diversos parámetros como elementos sistematización, generalidad y gravedad de la conducta.
Si bien consideró que la violencia política en razón de género es reprobable y reprochable, tanto ámbito electoral como administrativo y que no debe ser tolerada ni minimizada, destacó que en el caso de Jáltipan no era un asunto similar a aquellos que han motivado anulación de una elección, ni coincidió en tipo de violencia ni medios similares en número ni tipo de acciones.
De entrada, la togada detalló que, en campañas, las y los candidatos deber tener una mayor tolerancia a la crítica y que la mayoría de las publicaciones en la red social deben ser consideradas parte del debate político, sin expresiones estereotipadas; sin embargo, consideró que una publicación se configuró como violencia política de género en contra de la morenista, pero con alcances solamente de un procedimiento sancionador.
Lee también El 31 de diciembre rendirán protesta 212 ayuntamientos en Veracruz; entrarán en funciones el 1 de enero
“Esta publicación por su singularidad y connotación no es suficiente para anular una elección”, concluyó.
La mayoría de magistrados y magistradas votaron a favor del proyecto.
Previamente, la magistrada presidenta Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Roselia Bustillo Marín, había propuesto regresarle el triunfo a Movimiento Ciudadano, pues consideraba que si bien había violencia política de género no había incidido de manera determinante en la elección.
Había explicado que la nulidad de la elección de Jáltipan, bajo la premisa de violencia política de género, debería atendería una serie de principios y reglas que determinaran si esas posibles violaciones fueron determinantes en el resultado del proceso electoral, sin embargo, su propuesta fue desechada por los dos magistrados de dicha sala.
afcl
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]











