Con el fin de reducir el uso de efectivo e incentivar los pagos digitales, los depósitos y microcréditos que otorguen las sociedades de ahorro popular se sujetarán a nuevas reglas antilavado.

Para las cuentas que estén ligadas a un teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación, no será necesario pedir autorización para verificar la información.

Las cuentas de depósito a la vista en moneda nacional serán consideradas de bajo riesgo sólo si se abren de manera presencial y limitadas a 3 mil unidades de inversión al mes.

Es decir, que sólo se aplicarán los requisitos de identificación simplificada en los que se integran los expedientes con los datos mínimos de los clientes con base en la identificación oficial.

Para las nuevas medidas, se consideró el objetivo de la política nacional de inclusión financiera presentada en marzo del presente año, encaminada a disminuir el uso del dinero en efectivo e incrementar pagos electrónicos.

También porque ahora ya se cuenta con el Cobro Digital (CoDi), la plataforma desarrollada por el Banco de México (Banxico) y que puede ser utilizada para que se incentive la apertura de cuentas de bajo riesgo.

Se destaca que las modificaciones van en línea con las recomendaciones de organismos internacionales que permite la simplificación de medidas con un enfoque basado en riesgo.

Las nuevas disposiciones se hacen en apego a la recomendación número 10 de los estándares internacionales sobre la lucha contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva que emitió el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en 2012.

Estas permiten aplicar medidas simplificadas con un enfoque basado en riesgo para personas físicas que abran una cuenta de depósito a la vista en moneda nacional de bajo riesgo que ofrezcan las sociedades financieras populares (Sofipo), sociedades financieras comunitarias con niveles de operación I al IV y los organismos de integración rural.

Por lo tanto, se les exime de la obligación de solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) autorización respecto al procedimiento para la verificación de la información de cuentas simplificadas ligadas a un teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación.

Las Sofipos y sociedades comunitarias están reguladas por la Ley de Ahorro y Crédito Popular, en cuyo artículo 124 están establecidas las observaciones a seguir en combate al lavado.

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