Ninguna persona puede ser privada de su libertad de forma definitiva mediante la ejecución de una orden de presentación, búsqueda y localización que se le girado en calidad de testigo, puesto que dicha práctica atenta contra el debido proceso y se impide al afectado o afectada de ejercer su derecho a una defensa adecuada, advirtió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por tres votos contra dos, la Primera Sala del Alto Tribunal considero que si la Procuraduría General de la República (PGR) o cualquier otra autoridad ministerial, ejecuta una orden de presentación en calidad de testigo contra una persona, a la misma se le debe respetar su calidad jurídica.

La resolución aprobada al otorgar un amparo al abogado Jaime Lemus García, señalado como presunto intermediario del narcotráfico para sobornar a militares en activo, señala que tanto la PGR como cualquier otra procuraduría pueden solicitar órdenes de aprehensión y reaprehensión en contra de las personas que son imputadas o acusadas formalmente dentro de una investigación criminal.

En el fallo que contó con el voto a favor de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo Zaldívar y Jorge Mario Pardo Rebolledo también se afirma que el derecho de los detenidos a ser informados del delito que se les imputa, se debe hacer efectivo desde el mismo momento de la captura, así se haga ésta por policías ministeriales o por policías federales; por lo que es ilegal que este derecho se le reconozca a una persona hasta el momento en que es presentada ante un Ministerio Público Federal.

En el caso del abogado Lemus García, quien fue detenido en enero del 2012 mediante una orden de búsqueda, presentación y localización, la Primera Sala de la Corte consideró que su captura fue ilegal, por lo que ordenó a un tribunal colegiado revocar la sentencia en su contra y volver a dictar el fallo eliminando del proceso penal todas las pruebas que fueron obtenidas de manera ilícita.

En abril del 2014, Jaime Lemus había sido condenado a 10 años de prisión acusado de fungir como intermediario del Cártel de Sinaloa para tratar de sobornar a un General en varios casos relevantes, por lo que el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México tendrá que revisar el fallo tomando en cuenta el criterio de la Primera Sala.

Este caso sienta un precedente que puede servir incluso a la actriz Kate del Castillo, puesto que sus abogados defensores siempre han manifestado su temor de que sea detenida en caso de que sea obligada a comparecer en calidad de testigo, cambiándole su situación jurídica a indiciada durante el traslado hacia la PGR o en el transcurso de la diligencia.

Con este fallo, la captura de la actriz en estas condiciones, podría considerarse ilegal y afectar el resto del procedimiento penal.

jram

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