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De acuerdo con la Normatividad Administrativa de la Cámara de Diputados, las comisiones internacionales deberán contar previamente con la autorización por escrito de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) y “no se tramitarán viáticos internacionales sin el respectivo oficio de comisión que señale la actividad y el periodo efectivo de la misma. Los viáticos deberán corresponder a las fechas en que se llevará a cabo el programa de trabajo correspondiente, tomando en cuenta los horarios y días de traslado”.
Describe que una vez autorizada por la Jucopo o la Mesa Directiva, según proceda, la participación de los legisladores en comisiones o representaciones internacionales se hará del conocimiento de la Dirección General de Servicios a Diputados, al menos con cinco días hábiles de anticipación, a efecto de proceder a realizar los trámites administrativos correspondientes.
Los viáticos que se asignen a los diputados para su participación en eventos internacionales deberán corresponder a las fechas en que se realizarán los mismos y tendrán siete días hábiles para comprobar el uso de los recursos. Si el legislador no rinde cuentas “se procederá de inmediato al descuento del boleto de avión y el monto de los viáticos de la dieta que le corresponda”. En los 10 días hábiles siguientes al término de la comisión deberán rendir un informe a la Jucopo.
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