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Por unanimidad, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México revocó la resolución a cinco de los seis diputados cuyos derechos partidarios fueron suspendidos de manera temporal por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, tras abstenerse de votar el Presupuesto 2017 en diciembre pasado, cuando los demás morenistas lo votaron en contra.
En abril pasado, la comisión sancionó a seis legisladores morenistas al considerar que violaron los principios y estatutos del partido con su abstención, por ello cinco de éstos presentaron juicios de protección de derechos político-electorales.
Los diputados que se inconformaron son Néstor Núñez, Luciano Tlacomulco, Juana María Juárez, Darío Carrasco y Juan Jesús Briones, a quienes les habían suspendido sus derechos políticos entre seis meses y un año.
Aleida Alavez fue la única que no interpuso una demanda.
Sin embargo, ayer los magistrados del Tribunal Electoral de la capital del país argumentaron que la sanción a los diputados constituye una vulneración al principio de inviolabilidad parlamentaria, previsto tanto en la Constitución General de la República como en el Estatuto de Gobierno de la Ciudad de México, pues un partido no puede sancionar a un diputado por las opiniones o decisiones que toma en el ejercicio de un cargo público.
“Este tema ya se ha analizado a nivel federal y ha sido un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde se ha interpretado que ningún diputado en ejercicio de sus funciones puede ser sancionado por un partido cuando las decisiones tienen que ver con facultades como legisladores y no como militantes”, expuso la magistrada Martha Alejandra Chávez.
A su vez, los magistrados locales consideraron infundados los agravios que indicaba la comisión mencionada de Morena, así como que se emitieron de manera extemporánea tanto la queja presentada en un principio contra los diputados y la resolución emitida.
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