Como si los reportes de mujeres violentadas cotidianamente no fueran suficiente, las noticias de padres que maltratan o en casos extremos asesinan a sus hijos para causarle daño a la madre es para enfermar a cualquiera. Lo mismo da que el reporte sea de Barcelona donde un hombre mató a su hijo de dos años o en el estado de Morelos.

Vicario proviene del latín y sirve para definir a la persona que sustituye a otra en un lugar de poder.

De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) la violencia vicaria es aquella forma de violencia contra las mujeres en la que se utiliza a los hijos e hijas y personas significativas para ellas, como un medio para dañarlas o producirles sufrimiento, y que es perpetrada generalmente por los progenitores de las y los niños en los casos en que las agraviadas deciden terminar su relación o denunciar la violencia ejercida en su contra. También, la CNDH reportó, en marzo pasado, que atiende 150 casos de mujeres víctimas de violencia vicaria en el país.

Sonia Vaccaro, psicóloga clínica especializada en victimología y desde hace más de cuatro décadas se dedica al estudio del maltrato contra las mujeres, acuñó el término violencia vicaria en 2012, este concepto surgió después de un análisis de casos de separación de mujeres víctimas de violencia doméstica con hijos, generalmente involucra a los hijos por el vínculo que existe con la madre.

En la violencia vicaria confluyen conductas de violencia familiar, física, psicológica, de género, económica, patrimonial e institucional. En los casos más graves, la violencia vicaria puede causar tal sufrimiento, que la persona puede terminar con su vida. Las formas más sutiles, como la manipulación de los hijos para ponerlos en contra de la madre, generando desconfianza, provocando que a los o las hijas hieran a la madre con su comportamiento o lenguaje al repetir las palabras que el agresor utiliza para agredir.

La más común y hasta cierto punto normalizada es la económica. Por ejemplo, el impago de las pensiones. Cuando un padre retira el apoyo financiero a la madre busca también ocasionar precariedad para los hijos. Esto ya no constituye una violencia entre la pareja, sino que se convierte en un atentado contra los derechos de los infantes.

La infancia es especialmente afectada por la violencia vicaria, al ser el blanco de agresiones pueden ser maltratados físicamente. Incluso, cuando el agresor no se puede acercar a ellos, puede enviarles amenazas, hostigarlos y acosarlos por diversos medios. Hay quien piensa que la violencia vicaria solo se manifiesta de forma extrema en el homicidio de las o los hijos.

Además, la violencia vicaria no siempre se ejerce contra los hijos. También puede incluir a otros seres queridos de la mujer, primordialmente aquellos que se encuentran vulnerables. Por ejemplo, un padre o madre de edad avanzada o un pariente con discapacidad.

Las autoridades también pueden ejercerla indirectamente, a veces al permitir compartir la custodia de los menores representa una ventaja para los maltratadores, al omitir preservar los derechos de las víctimas, al ordenar la pérdida absoluta del contacto entre las madres y sus hijas e hijos, también generan violencia vicaria violentando sus derechos a vivir en familia y tener un sano desarrollo integral.

En nuestro país a pesar de la definición y el exhorto de la CNDH a los tres niveles de gobierno, si bien en nueve estados ya se presentaron la iniciativa para tipificar la violencia vicaria, sólo cuatro han realizado reformas a sus Códigos Penales y Civiles para castigar la violencia vicaria.

Zacatecas fue el primer estado en tipificar la violencia vicaria, al reformar en marzo pasado su código civil y familiar y como parte de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El Congreso de Yucatán también reformó su Código Penal para reconocer a la violencia vicaria como un delito, cuyas penas alcanzan los ocho años de cárcel. El tercer estado en sancionar la violencia vicaria fue Hidalgo, en donde las penas alcanzan los seis años de cárcel. La última entidad en tipificar este delito es el Estado de México, cuya legislación entró en vigor el pasado mes de junio.

Es necesario un debate nacional y la regulación para tipificar, atender, sancionar y erradicar esta forma de violencia que limita los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes.

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