Hay derechos que no nacen en los tribunales ni en los grandes discursos, sino en lugares mucho más silenciosos: una cocina, una cama de hospital, una casa donde alguien prepara medicinas, acompaña a una persona mayor, cuida a una niña, ayuda a una persona con discapacidad o sostiene la vida cotidiana de otra. Durante mucho tiempo, todo eso fue visto como amor, deber familiar o sacrificio natural. Y, casi siempre, como una obligación femenina.
El derecho al cuidado parte de una idea sencilla, pero profundamente transformadora: nadie es completamente autónomo. Todos necesitamos cuidados al nacer, muchos los requeriremos en la vejez y cualquiera puede necesitarlos por enfermedad, discapacidad, dependencia temporal o alguna circunstancia de vida. Cuidar no es una excepción: es una condición humana. La pregunta, entonces, no es si una sociedad necesita cuidados, sino cómo los organiza, quién los presta, quién los paga, qué ocurre con la vida de quienes cuidan.
Por eso es tan relevante la nueva Ley del Sistema de Cuidados de la Ciudad de México. No se limita a decir que cuidar es importante. Intenta convertir esa intuición en una arquitectura pública. La ley reconoce el derecho humano al cuidado en tres dimensiones: recibir cuidados, brindar cuidados y el autocuidado. También busca reconocer, redistribuir, reducir y revalorar las tareas de cuidado, con especial énfasis en aquellas que han recaído de manera desproporcionada en las mujeres.
Eso significa varias cosas. Primero, que quien necesita cuidados debe poder acceder a servicios adecuados, accesibles, seguros y de calidad. Segundo, que quien cuida no debe hacerlo en condiciones de abandono, precariedad o invisibilidad. Tercero, que todas las personas necesitan tiempo, espacios, recursos e información para entender su propio bienestar físico, mental y emocional. En otras palabras: el derecho al cuidado no protege solo a quien recibe ayuda, sino también a quien la da y a quien necesita no desaparecer dentro de la vida de los demás.
La ley también intenta responder una pregunta práctica: ¿cómo se organiza esto? Para ello crea un sistema de coordinación institucional, con una Junta del Sistema de Cuidados encargada de aprobar el programa especial, proponer mejoras en servicios públicos, privados y comunitarios, impulsar modelos de atención para infancias, personas mayores, personas con discapacidad y otros grupos, así como promover coordinación entre dependencias y alcaldías. No es menor: el cuidado deja de ser una suma de esfuerzos dispersos y se plantea como una política pública transversal, vinculada con salud, trabajo, bienestar, movilidad, infraestructura, igualdad y territorio.
Ahí está su fuerza, pero también su límite. La aprobación de una ley no cambia por sí sola la vida de una mujer que dejó de trabajar para cuidar a su madre, ni de una abuela que cuida a sus nietos sin descanso, ni de una persona con discapacidad que depende de servicios insuficientes. Como han explicado Stephen Holmes y Cass Sustein, los derechos cuestan. No basta con reconocerlos en una ley: hay que financiarlos. Garantizar derechos humanos implica construir servicios, contratar personal, capacitar instituciones, coordinar dependencias, diseñar registros, abrir centros, supervisar programas y sostenerlos en el tiempo. Sin presupuesto, incluso la mejor ley corre el riesgo de convertirse en discurso con lenguaje constitucional.
La Suprema Corte también ha contribuido a este cambio de mirada. En sus decisiones recientes ha reconocido que el cuidado no puede seguir entendiéndose como una carga privada, familiar o femenina, sino como una cuestión constitucional vinculada con la igualdad, la dignidad y la autonomía. Cuidar, ser cuidado y poder cuidarse no son lujos afectivos: son condiciones básicas para vivir con libertad.
El derecho comparado apunta en la misma dirección. En distintos países se han comenzado a construir sistemas públicos de cuidado que buscan repartir de manera más justa una tarea que durante siglos descansó casi por completo en los hogares y, dentro de ellos, en las mujeres. La lógica es pasar del sacrificio invisible a la corresponsabilidad: que el Estado, las familias, la comunidad y el sector privado asuman que la vida cotidiana también necesita instituciones.
A ello se suma la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que recientemente reconoció el cuidado como un derecho humano autónomo. Ese paso es importante porque coloca el tema en el lenguaje de las obligaciones estatales: cuidar, recibir cuidados y autocuidarse ya no son solo necesidades sociales, sino dimensiones protegidas por el derecho.
Una ley de cuidados no va a cambiar de un día para otro la vida de quienes han cargado durante años con esa responsabilidad. Pero sí empieza con algo importante: nombrar lo que antes se daba por sentado. Decir que cuidar cuesta tiempo, cuerpo, dinero y proyecto de vida. Decir que no basta con agradecer a quienes cuidan, si al mismo tiempo se les deja solos. A veces el primer paso de la justicia es ese: dejar de llamar amor a lo que también ha sido desigualdad.
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