La semana pasada la Primera Sala de la SCJN aprobó por unanimidad una decisión que, aunque pareciera “buena” en términos de avanzar derechos humanos, en realidad los limitará severamente, al darle el control y la supervisión de los noticieros de radio y la TV —pública y privada— a censores oficiales.

¿Qué decidió la Sala? Primero, que todos los noticieros tienen que diferenciar con claridad información noticiosa de la opinión de quien la presenta. Segundo, dar a censores gubernamentales la facultad para suspender precautoriamente los noticieros que a su juicio afecten esta disposición. Tercero, los códigos de ética de todos los medios tendrán que ser validados por funcionarios de gobierno y, finalmente, impondrá sanciones económicas para los medios que incumplan lo anterior (incluido el no sacar sus noticieros del aire).

Este tipo de regulación no existe en ninguna parte del mundo. Justo por ello, para evitar actos de censura e intimidación contra los medios de comunicación, el Congreso hizo modificaciones a la ley de la materia en 2017, que ahora la Sala declaró inválidas.

Las nuevas disposiciones que está dictando la SCJN serán, hasta ahora, de aplicación obligatoria para todos los noticieros de la radiodifusión privada y pública, incluyendo estaciones del gobierno federal y las de los estados. Dado que la mañanera de AMLO se transmite en espacios noticiosos, le aplicarán estos criterios.

Con lo decidido hay incentivos para que funcionarios de gobierno incómodos con la cobertura noticiosa de determinada estación, canal o comunicador acusen de no diferenciar entre información y opinión, y abran procedimientos por incumplir elementos bastante subjetivos, lo que llevará a multas y la salida del aire de programas de manera precautoria (mientras se investiga).

Pero también, estas herramientas censoras podrán ser usadas por los críticos de la 4T, que llenarán de litigios a los medios públicos para intentar acallar los programas pro gobierno y, en particular, las mañaneras, donde se revuelve todo el tiempo información con opinión. Así, la polarización en torno a los medios en México llegará a extremos nunca vistos y la posibilidad de censura desde el gobierno es validada desde la propia SCJN.

¿Qué posibilidades quedan para evitar un escenario tan peligroso para la libertad de expresión del país?: 1) que el Pleno de la SCJN, dado que tiene mayor jerarquía sobre la Primera Sala, resuelva en la acción de inconstitucionalidad 150/2017, que también versa sobre derechos de las audiencias, que los cambios realizados en el 2017 no son inconstitucionales. Con una decisión así, aunque quedaría una especie de contradicción entre el Pleno y la Sala, sería complicado censurar a los medios. O, 2) que el Congreso no acepte íntegramente las propuestas de la Sala, argumentando que se invadieron sus facultades legislativas. El tema se resolvería en tribunales, pero durante años no se aplicaría censura alguna contra medios públicos ni privados.

Es un sinsentido lo aprobado por la Primera Sala y el interés detrás de los quejosos es tanto político como se describe arriba, pero también uno de lucro, pues hay quienes pretenden crear cientos de posiciones de “defensores de audiencias”, en las estaciones que tienen noticieros para, a manera de sindicato, tener un gran negocio.

Si este intento censor sobre la radiodifusión prospera, las audiencias mexicanas probablemente volteen a medios que transmiten desde el extranjero, mismos que no van a estar interrumpiendo su continuidad para decir información/opinión, etc. Con ello, una vez más la creatividad de autoridades mexicanas complica la realización de actividades para, sin pensarlo, beneficiar a los medios de comunicación extranjeros que no están sujetos a esta absurda regulación (programas de noticias vía plataformas, internet, podcasts, etc).

Veremos qué pasa en los siguientes días, hasta el presidente Kim Jong-un de Corea del Norte intentará replicar este interesante concepto para su país.

Twitter: @JTejado

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