El mitote organizado por la presidente Sheinbaum fue una suerte de vacuna para curarse en salud por las acusaciones que vendrán de las fiscalías de Estados Unidos en contra de narcopolíticos del régimen morenista. De ahí la ridícula arenga: “es legítimo dudar del verdadero interés de los juicios de extradición para autoridades electas. Porque primero vienen por unos, luego por otros, hasta que oficinas del Departamento de Justicia se vuelven el principal elector en México. Eso no lo podemos permitir”. Saben que si cae un pez gordo caerán muchos más. El documento estadounidense contra Rocha Moya y compañía es un indictment. No es sentencia ni vinculación a proceso. Tampoco auto de formal prisión ni carpeta de investigación. Estamos frente a una acusación presentada por fiscales del gobierno federal de Estados Unidos y autorizada por un grand jury. Este no tiene homólogo mexicano. Es un cuerpo de ciudadanos que escucha la prueba presentada por la Fiscalía, en absoluta secrecía, sin juez que presida la diligencia, sin participación de la defensa y sin filtro contradictorio. No se resuelve culpabilidad alguna. Su función en esta etapa es autorizar que el gobierno acuse formalmente y lleve el caso ante una Corte Federal. Es una mera narrativa de parte. No ha habido aún filtro judicial sobre su contenido. Solo es lo que el gobierno afirma, autorizado por el grand jury; no lo que un juez ha resuelto ni lo que la defensa podrá, en su momento, controvertir. La figura que ordena el documento es conspiracy (no traducir literalmente al español). En derecho penal federal estadounidense es un delito autónomo y, lo más importante, es que el acuerdo criminal, por sí mismo, es punible. La Fiscalía debe probar que existía un acuerdo ilícito, que el acusado conocía la naturaleza esencial del mismo y que decidió sumarse voluntariamente a él. De ahí que el documento no necesita sostener que cada acusado fabricó, transportó, vendió o introdujo droga a los Estados Unidos. Más bien, el punto fino es saber si cada acusado era consciente de que existía ese acuerdo criminal para el tráfico de drogas hacia Estados Unidos y, si desde su posición oficial, decidió contribuir para los propósitos del acuerdo. El cargo principal es narcotics importation conspiracy. Esto no implica que todos los acusados hayan cruzado droga del otro lado de la frontera. En pocas palabras, los delitos se consuman en el vecino país pues allá fue a dar la droga que mató a sus connacionales. Así pues, no son tiempos para exigir pruebas. Hay que cumplir con la detención provisional con fines de extradición para que, entonces, venga la siguiente etapa y se desahogue el proceso judicial en el que, la carga central de la Fiscalía será mostrar evidencias que permitan inferir adhesión consciente al acuerdo: reuniones, pagos, comunicaciones, testigos, instrucciones, actos de protección, beneficios recibidos, patrones de conducta y vínculos con la operación para la importación de narcóticos a EU.

¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

Comentarios