5.9 menores es una cifra que no deja de resonar; es el número de menores en México que diariamente pierden a su madre por asesinato. En el caso de feminicidio, el acto más extremo de violencia de género, nos encontramos que muchos de ellos fueron cometidos por parejas o exparejas; eso significa también que las y los menores vivieron distintos grados de violencia antes de quedarse en situación de orfandad

Esa cifra es sólo una estimación realizada en el año 2021, ya que no existen cifras oficiales que registren a las infancias que pierden a su madre tras un feminicidio, en un país en el que diariamente son asesinadas 11 mujeres al día. Todo esto es el retrato de generaciones vinculadas a la violencia de género.

A pesar de ello y de manera inconcebible, la legislación mexicana permite que un/a menor de edad quede bajo “cuidado” del feminicida vinculado, incluso cuando sea testigo de cómo su padre mató a su madre. Esto es, las personas más vulnerables, reconocidas como víctimas, quedan a merced de normas de patria potestad que no contemplan el impacto de la violencia de género.

En algunos estados se prevé una pérdida de patria potestad de los feminicidas respecto a los hijos compartidos con la madre víctima de feminicidio. Sin embargo, esa pérdida es para supuestos en los que ya hay una sentencia condenatoria por feminicidio

Esto significa que cuando un padre asesina a una madre y queda judicialmente vinculado por ello, el ordenamiento jurídico no cuestiona qué es lo mejor para las infancias y, por consiguiente no las protege de la revictimización que supone la patria potestad activa del feminicida vinculado.

Pueden pasar años hasta que haya una condena y mientras dura el proceso penal esos/as menores perderán su infancia reviviendo lo ocurrido, incluso en contacto forzado con el asesino de su madre. O, en el mejor de los escenarios, bajo custodia de terceros que habrán tenido que emprender acciones legales frente al padre feminicida, sometiendo a las infancias a disputas legales.

El proyecto de Ley Monzón -pendiente de discusión en el Congreso del Estado de Puebla-, propone suspender la patria potestad a partir del momento de la vinculación por feminicidio, o de la vinculación por tentativa de feminicidio, y la pérdida de patria potestad en el momento de la condena. Es una norma humana y necesaria par avanzar los derechos de las infancias y protegerles frente a la violencia de género dándole voz, por fin, a sus víctimas más indefensas.

Es lo que corresponde en virtud del Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha Contra la Violencia Contra las Mujeres y la Violencia Doméstica, en relación con la Observación General Nº 14 (2013) sobre Derechos del Niño a que su interés superior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1) del Comité de Derechos del Niño, y los precedentes de la Corte Suprema de la Nación.

No hay tiempo que perder, ya se han perdido demasiadas infancias en el camino.

Abogada y hermana de Cecilia Monzón. 

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