Continúo comentando el caso del profesor Gertz. Perdón, pero me parece serio, pues agravia al Sistema Nacional de Investigadores (SNI) y al Conacyt, instituciones esenciales para la salud racional de la República.

Ya vimos que durante 10 años las Comisiones Evaluadoras del SNI juzgaron que el profesor Gertz carecía de proyecto de investigación y advirtieron la sombra del plagio. Y durante 10 años el profesor alegó que sí tenía méritos pero se le discriminaba. Y cuando se le nombró Fiscal General reactivó su denuncia, el Conapred lo declaró víctima y velozmente el Conacyt “confesó” haberlo discriminado y resarció el daño dándole la más alta categoría del SNI.

Fue curioso: durante 10 años las Comisiones de pares dijeron que no había obra ni trayectoria; en 10 meses, la opinión suprema de la “4T” dijo que no sólo hay obra y trayectoria, sino que son “notables”.

Intriga el papel que jugó “el Conacyt de la 4T”, como lo llama su directora, Elena Álvarez-Buylla, uno que sólo el mecanismo de “transparencia” podría explicar del todo. Por lo pronto es lógico cuestionar, por ejemplo, quién decidió, por qué, cómo y cuándo, que las Comisiones Evaluadoras del SNI “discriminaron” al profesor, se les descalificó como instancias decisorias y se impuso, sobre su evaluación adversa, una evaluación propicia.

La lectura de la “Resolución” del Conapred sostiene que Álvarez-Buylla le remitió una tan radical descalificación de esas Comisiones que equivalió a una “confesión de parte”; una a tal grado contundente que resolvió la querella y obligó al Conacyt a “resarcir el daño”.

Habría que observar desde los reglamentos si Álvarez-Buylla hizo esa “confesión” con la avenencia del Consejo General, que es la instancia de mayor autoridad en el Conacyt, institución que por su naturaleza abunda en órganos colegiados que son los que en teoría toman las decisiones importantes; habría que observar también si ella podía juzgar el caso Gertz sin conflicto de interés “directo o indirecto en el asunto”, como ordena el Reglamento del SNI.

¿Tenía autoridad para acusar a la Comisión Evaluadora de incompetente, arbitraria, irracional y discriminatoria, tal como hicieron el profesor Gertz y el Conapred? ¿Cómo, si ella es bióloga, pudo descalificar a una comisión de científicos sociales? ¿Y si no fue ella quien juzgó, quién sí lo hizo? ¿Y tenía autoridad para subordinar el complejo aparato académico colegiado del SNI a la opinión no académica del Conapred? ¿Y subordinarle también de pasada al Consejo General, cuyas resoluciones son “definitivas e inapelables”, incluyendo “el otorgamiento de las distinciones” que únicamente otorgan las Comisiones?

La transparencia podrá explicar también la “Comisión Especial” que ordenó ingresar al profesor Gertz. ¿Cómo se creó, quién nombró a sus miembros? Porque es obvio que el Reglamento nunca consideró que pudiese haber algo “especial” y menos por encima de las decisiones colegiadas, pues anularía su propósito.

Cuando Álvarez-Buylla asumió el poder en el Conacyt publicó un oficio titulado “Cultura de la legalidad”. Ordenaba abstenerse “de ejercer atribuciones que no estén previstas en la normativa” y de “promover o facilitar acciones para que un tercero realice actos u omisiones en contra de la Ley”. Y abstenerse también de “emitir comentarios u opiniones negativos o desfavorables sobre las políticas” del Conacyt (como, supongo, agraviar a las Comisiones Evaluadoras).

También ordena el “combate la corrupción y las malas prácticas mediante la denuncia”... Eso será un asunto de la Junta de Honor del SNI que… (Continuará)

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