Hace 100 años, la sociedad mexicana sufría las secuelas de la Revolución. Uno de los sectores que más padecieron el impacto del conflicto fueron los menores de edad. Es por esto que, como menciona la historiadora Susana Sosenski, “parte sustancial de las políticas posrevolucionarias se orientaron al cuidado y educación de la infancia”; de manera concreta se trató de regularizar el trabajo infantil.
Desde mucho antes del conflicto armado, los niños se desempeñaron en múltiples oficios, desde papeleros hasta en las fábricas de construcción, textiles, tabacaleras, carpinterías o ebanisterías. Para las niñas la situación fue diferente, con el argumento de que su moral podía peligrar al convivir con los hombres por un prolongado intervalo, se les relegó a espacios menos agresivos como las florerías, la venta de frutas y verduras o como empleadas domésticas, ya que, según las costumbres, las preparaba para ser buenas esposas.
Sin embargo, estas ocupaciones se caracterizaban por sus irregularidades: no contaban con seguro médico ni vacaciones; las jornadas eran largas, con cortos periodos de descanso y los sueldos eran muy bajos, incluso, muchas veces no percibían uno, ya que sus patrones los hacían pasar por aprendices; igualmente, debido a la falta de tiempo y dinero para cubrir sus gastos estudiantiles, había un alto índice de analfabetismo. Esta actividad también implicaba otras dificultades: los jóvenes que laboraban en las industrias eran aceptados y etiquetados como gente de provecho, mientras que aquellos que se desempeñaban informalmente en las calles eran vistos por la clase media como vagos y delincuentes.
Aunque el trabajo infantil ya tenía precedentes para su regulación en el artículo 123 de la Constitución de 1917, el cual establecía que “los jóvenes mayores de doce años y menores de diez y seis, tendrán como jornada máxima la de seis horas. El trabajo de los niños menores de doce años no podrá ser objeto de contrato”, todavía existían vacíos legales que no favorecían las condiciones de estos incapaces. En la Ley Federal del Trabajo de 1931 se establecieron las actividades prohibidas para los jóvenes de 16 años, entre otras normas que resguardaban su integridad. En los años siguientes, el gobierno, en colaboración con pedagogos, mujeres y médicos, implementó nuevas medidas para evitar la explotación. Se crearon instituciones para equilibrar de una forma más sana y productiva el tiempo de los infantes: el Tribunal de Menores, las correccionales y las escuelas de medio tiempo o nocturnas; además, se crearon estrategias educativas como “la escuela de la acción”.
Mas tarde, en 1962, se decretaron reformas en materia laboral: la edad mínima para que un incapaz pudiera emplearse se elevó a 14 años, se obligó a los contratantes a acreditar que el niño gozaba de salud y era apto para el trabajo, y se les otorgó un periodo vacacional de 18 días. A pesar de que se consideraba que estas modificaciones eran “producto de un espíritu romántico”, puesto que eran “irrealizables”, se prefería este romanticismo a la crueldad de aquella autorización de Porfirio Díaz que permitía que la fuerza laboral empezara con niños de siete años. Y es que, como menciona Mario de la Cueva: “Las leyes del trabajo aparecieron como ideales, muchos de los cuales aún no se alcanzan, y no podrán realizarse en un sistema al que lo único que le interesa es el crecimiento de la empresa, pues si bien en los programas se añade a aquel propósito la fórmula con justicia social, son palabras en las que nadie cree”.

