Rosario Robles se presentó el lunes a su segunda declaración ante el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna confiada en que cumplía con su deber y no era candidata para prisión preventiva ya que el delito que se le imputa no amerita prisión de oficio y no cumplía con ninguno de los justificantes para que se le detuviera de acuerdo con lo que mandata el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Su defensa y ella pensaban que rendirían una segunda declaración y que, si acaso tendría que acudir a firmar una vez por semana al juzgado, utilizar una tobillera o, en el peor de los escenarios, tendría que cubrir la garantía económica de 5 mil millones de pesos para garantizar que no saldría del país para evitar su juicio, como ya lo hizo Emilio Lozoya.

Pero el juez tomó por sorpresa a Rosario Robles y a su defensa. Determinó la prisión preventiva justificada en un delito que no amerita prisión preventiva de oficio argumentando que había peligro de que Robles huyera del país por haber presentado datos falsos en el domicilio que presentó para demostrar, de acuerdo con el artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que ella tiene arraigo en la Ciudad de México y por ello no había por qué presumir riesgo de fuga.

¿Qué datos falsos de domicilio encontró el juez? Que los recibos de comprobante de domicilio presentados ante el juez apuntan a su residencia en Calle de las Flores en Coyoacán y que éstos no coinciden con el domicilio de su licencia de conducir, cuya renovación dejó el domicilio de Tennyson, en Polanco, también en la Ciudad de México, que tenía desde hace más de 20 años.

Por ello el juez determinó prisión preventiva justificada y Rosario Robles pasó ya su primera noche en la cárcel de Santa Martha Acatitla como la primera secretaria de Estado en hacerlo en la historia de México.

¿Merece prisión Rosario Robles por lo que imputa la investigación de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad y Animal Político, mejor conocida como la Estafa Maestra? No lo sé. Robles ha argumentado que, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, los convenios de Sedesol y Sedatu que se celebraron con universidades públicas son legales y que si hubo desvíos, los responsables serían las propias universidades que fueron, dado el caso, los que los desviaron después de haberlos recibido y las secretarías a su cargo no podían conocer de esos desvíos.

Pero lo que sí queda claro de la detención que se le hizo a Rosario Robles y la forma cómo fue llevada a cabo es que, el sistema penal acusatorio sigue permitiendo detenciones arbitrarias que a ningún mexicano nos conviene que sigan vigentes.

La defensa de Robles no deja lugar a dudas que el actuar del juez fue motivado con fines políticos y no jurídicos. Primero porque las medidas cautelares no fueron solicitadas desde la primera audiencia, el 8 de agosto, cuando jurídicamente era el momento de hacerlo. Segundo porque, de acuerdo con los presentes en la audiencia del lunes, el juez puso palabras en la boca de Robles al decir que ella había confesado haber informado al entonces presidente Enrique Peña Nieto que había irregularidades en recursos de Sedesol y Sedatu. Tercero, porque el Sistema Penal Acusatorio está hecho para que prevalezca la presunción de inocencia. Ante cualquier duda razonable de culpabilidad, el juez no puede meter en prisión al acusado. Debe probar hasta eliminar cualquier duda respecto de la inocencia del inculpado. Ese fue el espíritu de la reforma. No le conviene a nadie en México que crea en un auténtico Estado de Derecho que este espíritu sea vulnerado.

Lejos de haber sido un buen día para la justicia, el de ayer augura que ni con el nuevo sistema penal acusatorio podemos salvarnos de juicios hechos a modo. Y esto no va a parar en Rosario Robles.

Apostilla: El Chapo Guzmán se pudo haber fugado fácilmente una tercera vez, ahora no de Puente Grande ni del Altiplano, sino del Metropolitan Correctional Center (MCC) en Nueva York. El sábado pasado, en esa misma prisión se suicidó el empresario Jeffrey Epstein, acusado de violación y tráfico sexual. Que Epstein se pudiera suicidar en la prisión cuando unas semanas antes había estado en vigilancia especial por amenaza de suicidio ha generado una oleada de investigaciones en las que han salido a la luz lo mal vigilada que se encuentra esa prisión en la que El Chapo estuvo preso 30 meses, desde su extradición en enero del 2017. Hasta el momento, ya ha sido reubicado el director del MCC y los dos guardias asignados al cuidado de Epstein han sido suspendidos.

www.anapaulaordorica.com / @AnaPOrdorica

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