La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral ( INE ), determinó no adoptar medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional ( PAN ) en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador por presunta transgresión al artículo 134 de la Constitución, promoción personalizada , uso indebido de recurso públicos y vulneración a las normas que rigen la rendición de informes de labores durante el evento Informe del Presidente de la República al pueblo de México o también llamado Informe Trimestral, llevado a cabo el 5 de abril de 2020, que se difundió en plataformas digitales de carácter oficial.

Durante una sesión virtual que llevó a cabo la Comisión, las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como el consejero Cirio Murayama, votaron en unanimidad por declarar la improcedencia toda vez que, desde una perspectiva preliminar y bajo la apariencia de buen derecho, el evento, no reunió las características de un informe de labores, pues no se advirtió el despliegue de una campaña publicitaria .

A través de un comunicado se detalló que el criterio adoptado por la Comisión sigue el precedente de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF ), al resolver el procedimiento especial SRE-PSC-69/2019, en donde determinó que el informe rendido por el Presidente de la República por el primer aniversario de su triunfo electoral fue un ejercicio de rendición de cuentas y no un informe de labores, al no reunir las características legales de éste.

“De igual forma y de manera preliminar, pues el pronunciamiento de fondo sobre el asunto le corresponde a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a juicio de la Comisión de Quejas del INE, no se advirtieron elementos para estimar la promoción personalizada, ni elementos que tuviesen fines o connotaciones electorales o partidistas”, indicó.

grg

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