Más Información
En segunda intentona, diputados aprueban en lo general reforma eléctrica de AMLO; dan preponderancia a la CFE
Rommel Pacheco "entierra" política de Ana Guevara en la Conade; revoca cancelación de becas a deportistas
Huracán Milton toca tierra en Florida como categoría 3, sigue minuto a minuto el avance del ciclón considerado "tormenta del siglo"
Un juez federal ordenó no aplicar a un hombre, los lineamientos Guía Bioética de Recursos de Medicina Critica con la cual se dará prioridad a los jóvenes con coronavirus sobre los adultos mayores.
El juez Segundo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México admitió a trámite una demanda de amparo promovida por un hombre llamado Raúl Lugo Bello, quien pidió también que se ordene a las autoridades de Salud realizarle la prueba para detectar si tiene Covid-19.
El juez concedió la suspensión para que, además de que se le realicen de manera “inmediata las pruebas necesarias para detectar de forma temprana y oportuna si se encuentra infectado del virus SAR-COV2, coronavirus o Covid-19”, en su domicilio.
Para el caso de resultar positivo el juez señaló que personal de Salud deberá trasladar al quejoso al hospital correspondiente y proporcionarle el tratamiento médico que requiera.
También lee:
“No se le apliquen los lineamientos para la asignación de recursos a favor de los pacientes portadores de la enfermedad COVID -19, establecidos en la otrora Guía Bioética de Recursos de Medicina Critica, elaborada por el Comité de Ética del Consejo de Salubridad General. En la inteligencia que lo anterior, se llevara a cabo en los términos y condiciones que el caso particular amerite y bajo la más estricta responsabilidad de los médicos y/o personal que, en su caso, se asigne”, indicó.
El juzgador enfatizó que los médicos encargados de atender al quejoso deberán prescindir de aplicar cualquier protocolo, guía o manual que lo ponga en desventaja frente a otros pacientes.
“Se hace del conocimiento de las autoridades médicas que al llevar a cabo las acciones anteriores, deberán, en la medida de lo posible, garantizar el consentimiento previo e informado de la parte quejosa en su proceso de salud, asegurando, ante todo, un trato digno y humanizado; asimismo, DEBERÁN PRESCINDIR DE APLICAR CUALQUIER GUÍA, MANUAL, PROTOCOLO O SIMILAR QUE DISPONGA UNA DESVENTAJA FRENTE A OTROS PACIENTES EN EL CUIDADO DE SU SALUD, TAL COMO LO DISPONÍA LA OTRORA GUÍA BIOÉTICA DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DURANTE COVID-19, PUES CON ELLO SE PROPICIARÍA UNA DISCRIMINACIÓN Y SE ESTARÍAN INOBSERVANDO LAS DISPOSICIONES INTERNAS Y EXTERNAS QUE PROTEGEN EL DERECHO A LA SALUD Y A LA VIDA”.