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La jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum , envió al Congreso de la Ciudad de México dos iniciativas para garantizar, como un derecho constitucional, el acceso a internet gratuito en todos los espacios públicos de la capital.
La primera de estas iniciativas busca modificar el Artículo 8 de la Constitución capitalina para que toda persona tenga derecho a acceder de forma libre y gratuita al servicio de internet de banda ancha en espacios públicos de la Ciudad.
“El Gobierno de la Ciudad garantizará este derecho. El Gobierno de la Ciudad llevará a cabo la implementación progresiva de infraestructura de telecomunicaciones para garantizar la autosuficiencia en la prestación del servicio gratuito de internet en los espacios públicos de la Ciudad”, señala la propuesta.
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La segunda iniciativa propone la creación de la Ley para Garantizar el Acceso Libre y Gratuito al Internet en la Ciudad de México, la cual se compone por 23 artículos.
Esta propuesta señala que, a fin de garantizar el derecho al acceso libre y gratuito a internet de banda ancha, la administración capitalina privilegiará el despliegue gradual y progresivo de infraestructura propia para la prestación del servicio público gratuito de internet.
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Para el efectivo cumplimiento de los objetivos de la presente Ley, los organismos autónomos de la Ciudad de México, llevarán a cabo las acciones necesarias para que en los inmuebles que prestan servicios y/o trámites a la población, cumplan con las características de la política de conectividad e infraestructura de la ADIP; por lo que deberán contemplar en su presupuesto asignado anualmente, para garantizar a la prestación del servicio público gratuito de internet”, señala la iniciativa.
De igual forma se establece que el jefe o jefa de gobierno en turno deberá prever en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México de cada ejercicio fiscal, los recursos económicos suficientes para garantizar la prestación del servicio de acceso a internet de banda ancha en espacios públicos.
Asimismo, se establece que el gobierno y las alcaldías deberán considerar en el proyecto de obra de inmuebles públicos, la instalación de infraestructura pasiva y activa necesaria para la red de área local de internet, la cual deberá incluir la red cableada de datos, construcción de nodos de datos, puntos de acceso inalámbrico, cuarto de telecomunicaciones, adecuaciones eléctricas y de enfriamiento en cuarto de telecomunicaciones, y equipo de switching y routing.
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