La Jefatura de Gobierno publicó el decreto por el que se adiciona el artículo 23 bis a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México, con el objetivo de otorgar derechos a los padres solteros, así como implementar programas de apoyo económico y sociales para sus hijos y ellos.
“Si queremos la igualdad, también los hombres tienen que quedarse cuidando a los hijos. La posibilidad de que un hombre tenga licencia cuando tiene un hijo, pues le permitiría a la mujer salir a trabajar, por ejemplo. Los hombres solos, pues también tienen derecho”, dijo la mandataria capitalina, Claudia Sheinbuam, tras la inauguración de una planta de bombeo en Iztapalapa.
La adición publicada en la Gaceta Oficial establece que “los entes públicos, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras medidas positivas a favor de la igualdad de oportunidades para los hombres padres solos, como dar atención, asistencia, información, educación y asesoría en la salud, de forma completa, actualizada, personalizada y libre de estereotipos.
“Cuando sean padres solos de niñas, niños y adolescentes, también serán objeto de dichos beneficios”, se destaca.
También se dará atención preferente en materia de vivienda y en la asignación de propiedades inmuebles en los programas de desarrollo social, a padres solos de niñas, niños y adolescentes, fomentando programas que les faciliten la inscripción de inmuebles en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
En tanto, las autoridades deberán implementar programas de apoyo económico a padres solos que habiten en la Ciudad.
Se deberán implementar los lineamientos y mecanismos que contiene la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en la Ciudad de México, para eliminar todas las formas de discriminación hacia los padres.
Se otorgarán apoyos y capacitación en el empleo, y para la atención de sus hijos y el acceso a todos los programas y beneficios sociales que se otorgan a las mujeres en esa condición.
Según la Gaceta Oficial, el decreto entra en vigor hoy y para dar cumplimiento, la Jefatura de Gobierno contará con un plazo que no excederá de 30 días hábiles para, de ser el caso, armonizar el contenido reglamentario.
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