A fin de subsanar la ambigüedad respecto a la colocación de , la Comisión de Asuntos Político-Electorales del Congreso local aprobó, con modificaciones, el dictamen por el que se reforma el primer párrafo del artículo 403 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

El primer párrafo de dicho artículo establece que los coaliciones y personas candidatas, previo convenio con la autoridad correspondiente, colocarán propaganda obedeciendo las especificaciones establecidas en esa norma.

La redacción actual es muy ambigua, ya que el artículo no establece quién es la “autoridad correspondiente”, tampoco señala los plazos en que deban celebrarse y ni el proceso que habrán de seguir las personas candidatas en caso de que la “autoridad correspondiente” no celebre dicho convenio.

Además, las y los candidatos no pueden celebrar convenios con autoridades, por lo que debe recalcar que durante los procesos electorales , la propaganda electoral tiene el objetivo de incentivar el presentando a la ciudadanía las candidaturas registradas y sus plataformas electorales.

Por ello, los integrantes de dicha Comisión, presidida por el diputado local de Morena, Temístocles Villanueva Ramos , aclararon que la claridad en su reglamentación, está motivada en generar las condiciones adecuadas para la contienda, pero también buscar la máxima exposición, desarrollo y discusión hacia la ciudadanía.

Ante ello, la iniciativa dictaminada busca eliminar la porción normativa, de “previo convenio con la autoridad correspondiente” dejando una redacción más precisa, sin ambigüedades.

“Lo anterior, no deja lugar a dudas respecto quién es la autoridad correspondiente , cuándo se debe celebrar dicho convenio, qué sanciones existen en caso de que no se realice; entre otras”, sostuvo Villanueva Ramos.

Asimismo, dijo, busca garantizar el derecho de las personas candidatas para la contienda electoral en condiciones de igualdad, independientemente de los partidos que gobiernen las demarcaciones.

También, garantiza a las personas candidatas, que cumplan con los requisitos de colocación de propaganda establecidos en el mismo Código, que no se les retire su propaganda por parte de la autoridades en el marco de sus respectivas competencias.

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La diputada local del PRI, Maxta Iraís González Carrillo , fue quien presentó la iniciativa ante el pleno del Congreso capitalino el pasado 24 de febrero, aunque durante la discusión del dictamen en la sesión de la Comisión, presentaron y aprobaron diversas modificaciones.

A su vez, Temístocles Villanueva solicitó agregar un inciso en el apartado de antecedentes, para hacer referencia al procedimiento legislativo que llevó el dictamen, derivado de la iniciativa con el mismo sentido y presentada por el vicecoordinador del PRD, Jorge Gaviño Ambriz .

De igual forma, aprobaron en la Comisión la propuesta del diputado local del PAN, Ricardo Rubio Torres , para adicionar un tercer transitorio al cuerpo del dictamen, el cual establece:

“Los efectos y las sanciones impuestas al amparo del primer párrafo del artículo 403, en el pasado proceso electoral quedarán sin efecto, en aplicación del principio pro persona y en aplicación retroactiva, en beneficio de los gobernados”.

Sin embargo, el dictamen aprobado en la multicitada Comisión, quedará sujeto a la votación de las y los diputados del pleno.

En caso de aprobarse la iniciativa, la reforma facultará a los partidos políticos a colocar propaganda electoral sin tener ningún acuerdo o permiso previo con alguna autoridad, siempre y cuando se respeten las reglas establecidas en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

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ardm

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